Obligaciones que debe cumplir si tiene cámaras de vigilancia en casa o negocio: Fiscalía es clara con ello
Conozca los requisitos y deberes que tiene que mirar a la hora de tener estos dispositivos de seguridad.
Noticias RCN
11:30 a. m.
En los últimos años, el uso de circuitos cerrados se ha convertido en la herramienta predilecta de ciudadanos y comerciantes para combatir la inseguridad. Sin embargo, lo que muchos consideran una medida de protección personal puede derivar en graves problemas legales si no se respetan los límites establecidos por la Fiscalía General de la Nación y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
La instalación de cámaras no es un acto sin restricciones. De acuerdo con el marco legal vigente, el derecho a la seguridad no puede pasar por encima del derecho a la intimidad y al hábeas data.
La Fiscalía ha sido enfática en que el uso de estas grabaciones debe ser exclusivamente para fines de prevención y seguridad, y nunca para el monitoreo arbitrario de la vida privada de terceros.
Lo que debe tener en cuenta a la hora de instalar una cámara en casa o negocio
Si usted posee cámaras en su hogar, conjunto residencial o establecimiento comercial, estas son las obligaciones ineludibles:
- Aviso de Videovigilancia: Es obligatorio instalar carteles visibles que informen a las personas que están siendo grabadas. Este aviso debe indicar quién es el responsable del tratamiento de los datos y ante qué autoridad pueden ejercer sus derechos de acceso o supresión.
- Prohibición en Espacios Íntimos: Está estrictamente prohibido instalar cámaras en lugares donde la privacidad es absoluta, tales como baños, vestidores o zonas de descanso privado. Captar imágenes en estos puntos puede configurar delitos penales relacionados con la violación a la intimidad.
- Captación del Espacio Público: Las cámaras de seguridad privadas no deben enfocar de manera predominante la vía pública. Si bien es inevitable captar parte de la calle por razones de seguridad, el ángulo debe estar dirigido hacia la propiedad privada (puertas o fachadas).
- En caso de que se registre un delito, el propietario tiene la obligación de preservar la integridad del video. La Fiscalía advierte que las imágenes no deben ser editadas ni difundidas en redes sociales antes de ser entregadas a las autoridades, ya que esto podría viciar el material como prueba judicial.
Uno de los errores más comunes es publicar videos de presuntos delincuentes en grupos de WhatsApp o redes sociales. Según la normativa, la difusión masiva de la imagen de una persona sin su consentimiento puede acarrear demandas civiles por daños al buen nombre o, en casos específicos, investigaciones por injuria y calumnia si no existe una condena judicial en firme.