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Estudiantes en colegios ya no pueden ser sancionados por estas razones: Corte protege sus derechos

Foto: AFP

Fallo de la Corte Constitucional: Los estudiantes en colegios ya no pueden ser sancionados por estas razones.


Noticias RCN

ago 23 de 2025
05:09 p. m.

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Una importante decisión de la Corte Constitucional en Colombia ha redefinido los límites de los manuales de convivencia en las instituciones educativas.

Con el objetivo de proteger el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el alto tribunal ha sentenciado que los colegios no pueden imponer restricciones arbitrarias.

Los colegios no pueden imponer restricciones arbitrarias

Con esta medida, los colegios no pueden imponer restricciones sobre la apariencia personal de los alumnos, como el color del cabello, los accesorios corporales o el uso de maquillaje.

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Esta medida, refuerza la idea de que la disciplina escolar no debe vulnerar los derechos fundamentales.

El fallo es un claro mensaje a las instituciones para que revisen sus normativas y garanticen un ambiente de respeto a la individualidad de cada estudiante.

Históricamente, los manuales de convivencia han sido el documento rector de la vida escolar, estableciendo normas de comportamiento y apariencia.

Sin embargo, en algunos casos, estas disposiciones han derivado en prácticas que la Corte ha calificado como desproporcionadas y discriminatorias.

Con las sentencias T-789 de 2013 y T-526 de 2017, el tribunal ha precisado que prohibir o sancionar a un estudiante por aspectos de su apariencia física constituye una violación de su derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Esto significa que medidas como negar la entrada a clases, bajar calificaciones o imponer castigos por el corte de cabello o por usar accesorios, son consideradas ilegales.

¿Qué pueden hacer los padres si se vulneran los derechos de los estudiantes?

Los padres de familia y los propios estudiantes tienen mecanismos de protección ante el incumplimiento de estas disposiciones.

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La Ley 1620 de 2013, que regula la convivencia escolar, subraya que las normas institucionales deben estar en armonía con la Constitución y la ley.

Por ello, si un colegio impone una medida contraria a los derechos fundamentales, los afectados pueden interponer una acción de tutela para que un juez de la República salvaguarde su derecho a la educación en condiciones dignas.

También pueden acudir a entidades como las Secretarías de Educación o el Ministerio de Educación Nacional, que tienen la función de vigilar el cumplimiento de la normatividad.

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La Corte Constitucional ha recordado a los estudiantes en colegios y a sus familias que, si bien deben cumplir con un manual de convivencia, este no puede ir por encima de sus derechos.

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