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Colegios estarán obligados a dar clases virtuales: estos son los estudiantes que pueden acceder a ellas

Foto: Freepik

Conozca los requisitos que deben cumplir para poder acceder a este beneficio.


Noticias RCN

ago 02 de 2025
07:51 a. m.

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El Decreto 1860 de 1994, que reglamentó parcialmente la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación), sentó las bases de la organización pedagógica y administrativa del sistema educativo colombiano.

Aunque han pasado 30 años desde su promulgación, muchas de sus directrices siguen siendo fundamentales para entender el funcionamiento de los colegios en el país. En particular, su artículo 4 resalta la importancia de la educación básica para todos los colombianos y aborda la flexibilidad en la formación, un concepto que cobra especial relevancia en el contexto actual.

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Este decreto establece que el servicio de educación básica debe ser ofrecido a todos los residentes del país, sin discriminación. Este servicio, en su concepción original, comprendía un año de preescolar y nueve años de educación básica.

El objetivo de este ciclo formativo es claro: "habilitar plenamente al educando para ingresar a la educación media o al servicio especial de educación laboral o al desempeño de ocupaciones que exijan este grado de formación".

Esta formación puede recibirse en diversas modalidades, incluyendo la virtual, si existen condiciones excepcionales que impidan la asistencia regular a una institución educativa.

Estudiantes que tienen derecho a clases virtuales en colegios

Ahora bien, en su estructura, el artículo 2.3.3.1.2.3 aborda un tema crucial: la garantía del derecho a la educación básica para todos los residentes del país y la flexibilidad con la que este derecho puede ser ejercido.

"Todos los residentes en el país sin discriminación alguna, recibirán como mínimo un año de educación preescolar y nueve años de educación básica que se podrán cursar directamente en establecimientos educativos de carácter estatal, privado, comunitario, cooperativo solidario o sin ánimo de lucro", dice.

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Y agrega: "También podrá recibirse, sin sujeción a grados y de manera no necesariamente presencial, por la población adulta o las personas que se encuentren en condiciones excepcionales debido a su condición".

Bajo este panorama, los estudiantes que tienen derecho a ver clases en línea son aquellos que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estudiantes que pertenecen a grupos con barreras sociales para acceder a la educación presencial, como comunidades indígenas, población desplazada o en situación de pobreza extrema.
  • Alumnos con discapacidades físicas, sensoriales o cognitivas que, por su naturaleza, dificulten su movilidad o adaptación al entorno físico del colegio.
  • Niños y jóvenes que residen en zonas rurales o de difícil acceso, donde el traslado diario a una institución educativa es inviable.
  • Estudiantes con enfermedades crónicas, inmunosupresión o cualquier otra condición médica que, según un dictamen profesional, represente un riesgo significativo para su salud en un entorno escolar.
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