Firman decreto que prohíbe importar y exportar asbesto en Colombia

Foto: Archivo particular.

El presidente Iván Duque avaló el documento que establece que desde el 1° de enero de 2021 no pueden instalarse tales materiales aun si fueron importados antes.


Noticias RCN

abr 17 de 2021
04:21 p. m.

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El presidente Iván Duque firmó el decreto 0402, del 16 de abril de 2021, por medio del cual se establecen disposiciones relacionadas con la prohibición de la importación y exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados en el territorio nacional, de que trata la ley 1968 de 2019.

“Con @MincomercioCo expedimos el Decreto 402, el cual desarrolla la Ley 1968 de 2019, y en el que se establecen disposiciones relacionadas con prohibición de importación y exportación de asbesto, a fin de proteger la vida y salud de trabajadores y los colombianos en general”, precisó el mandatario a través de su cuenta de Twitter.

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Duque agregó que “la Ley 1968 o Ley Ana Cecilia Niño, en homenaje a esta luchadora contra el uso del asbesto, prohíbe producción y utilización de estos productos, por lo que desde el 1° de enero de 2021 no se pueden instalar y utilizar, a pesar de que se hayan importado antes de la vigencia”.

Según Presidencia, el decreto aplica a toda persona natural o jurídica, de naturaleza pública o privada, nacional o extranjera, que realice actividades de importación o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con este elaborados, hacia o desde y dentro del territorio nacional.

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En la norma se señala que las autoridades administrativas y de control deberán actuar, dentro del ámbito de sus competencias, para controlar y coadyuvar a que las actividades prohibidas relacionadas con cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados no ocurran en el territorio nacional.

En el decreto también se establece que el asbesto y los productos con él elaborados que hayan sido importados e instalados antes del primero de enero de 2021 serán objeto de la política pública de sustitución a que se refiere la Ley 1968 de 2019.

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Por lo tanto, a partir de esa fecha no podrán instalarse y utilizarse dichos materiales aun cuando hayan sido importados, embarcados e ingresados a zona franca con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto.

La ley 1968 de 2019 estableció la prohibición de la explotación, producción, comercialización, importación, distribución o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados en el territorio nacional, a partir del primero de enero de 2021.

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