Gobierno propone cambiar la cotización de empleados a salud en el proyecto de ley de ajuste fiscal
En el documento radicado en el Congreso se especifica esta propuesta.
Nicolás Martínez Sánchez
07:10 p. m.
Este jueves 29 de octubre, el Gobierno presentó la ley de rescate económico, iniciativa con la que se busca mejorar la situación financiera del país. El proyecto fue radicado en el Congreso.
El documento de más de 300 páginas expone detalladamente los ajustes y demás cambios propuestos. Uno de estos, por ejemplo, corresponde a modificaciones a la cotización de empleados a salud.
¿Cómo se calcula la cotización?
De acuerdo con los lineamientos de la ley, ya sea por contrato a término fijo o indefinido, el empleador se encarga de la respectiva afiliación de los trabajadores.
El aporte a salud es del 12.5 % actualmente, del cual el empleador paga el 8.5 % con base al salario y el 4 % restante corresponde al trabajador dependiente. Los independientes asumen el 12.5 % por completo. Sin embargo, el gobierno contempla modificar este ítem.
“Un incremento en la tasa de cotización permitiría fortalecer la estructura de financiamiento contributivo del sistema en el corto plazo y reducir su creciente dependencia de los recursos fiscales en el mediano plazo”, expuso el Ministerio de Hacienda.
Así cambiaría la cotización
En ese orden de ideas, se plantea que la tasa de cotización de los trabajadores con un ingreso base mayor a dos salarios mínimos aumente al menos 1.5 p.p. para empleados dependientes y al menos 0.5 p.p. para independientes.
Ahora bien, este ajuste no aplicaría para trabajadores que ganen dos o menos salarios mínimos.
La implementación de este esquema progresivo a las cotizaciones en salud permitiría que los trabajadores con mayores ingresos contribuyan en mayor proporción a la financiación del sistema.
Se debe precisar que la cotización a cargo del empleador se mantendría en 8.5 %. Bajo esta lógica, así quedaría el nuevo esquema de cotización a salud con respecto a los aportes que haría el trabajador:
Dependientes:
- De 1 y hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes: 4 % (se mantiene a lo actual).
- De 2 y hasta 4 salarios: 5.5 %.
- De 4 y hasta 5 salarios: 6 %.
- De 5 y hasta 10 salarios: 6.5 %.
- De 10 y hasta 15 salarios: 7 %.
- De 15 y hasta 20 salarios: 7.5 %.
- De 20 y hasta 25 salarios: 8 %.
Independientes:
- De 1 y hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes: 12.5 % (se mantiene a lo actual).
- De 2 y hasta 4 salarios: 13 %.
- De 4 y hasta 5 salarios: 13.5 %.
- De 5 y hasta 10 salarios: 14 %.
- De 10 y hasta 15 salarios: 14.5 %.
- De 15 y hasta 20 salarios: 15 %.
- De 20 y hasta 25 salarios: 15.5 %.