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Comprar vivienda tendría ajuste rotundo dentro de poco: aumento del salario cambió los planes

Foto: MinVivienda.

El Gobierno estudia una posibilidad que cambiaría la forma en la que se compra vivienda de interés social.


Nicolás Martínez Sánchez

ene 17 de 2026
03:12 p. m.

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Sin duda, el aumento del 23 % en el salario mínimo para 2026 ha hecho eco a nivel nacional. Sectores destacaron la decisión del Gobierno, pero otros consideran que genera efectos negativos, tanto a corto como a largo plazo.

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La primera reacción radica en los precios de ciertos bienes y servicios. Aunque es importante mencionar que no todo sube con ese mismo porcentaje, dado que la normativa es clara en indicarlo.

¿Qué propone el Gobierno?

Pues bien, uno de los focos se centró en la compra de vivienda, propósito de millones de personas cada año. El Gobierno publicó el borrador del decreto con el que se proponen ciertos lineamientos en torno a los costos para las VIS.

El documento pone como tope general el valor de la Vivienda de Interés Social (VIS) el equivalente a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Aunque, precisa que la separación, promesa de compraventa, encargo fiduciario o negocio jurídico debe establecer el precio total en pesos colombianos.

En ese orden de ideas, será el único precio exigible para la ejecución. Por lo tanto, no estaría sujeto a la indexación automática del salario mínimo. En pocas palabras, el valor queda pactado desde el inicio y no se acogería a los incrementos anuales del salario.

La única forma en la que los valores cambiarían es si hay motivos de corte extraordinarios con efectos en los insumos y soportados por el ICCE. Si un vendedor no se rige con estos lineamientos, cometería una práctica abusiva con sanciones.

¿Hasta cuándo se podría comentar?

Un punto clave son los negocios que se hayan firmado antes de que el decreto se expida. En estos casos, la ejecución se culminará acorde a la normativa que había en ese momento. Es decir, no tendrá cambios.

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En palabras del propio Ministerio de Vivienda, “se evitan incrementos abruptos – como los derivados del aumento del salario mínimo del 23 % para la vigencia 2026 – y se limita cualquier ajuste a variables relacionadas con los costos de construcción, siempre respetando lo pactado desde la separación, la promesa de compraventa o el encargo fiduciario”.

“El precio de la vivienda debe informarse en pesos colombianos (…) y el consumidor solo estará obligado a pagar el valor informado al momento de manifestar su voluntad de compra (…) Los precios informados no pueden modificarse por el solo paso del tiempo”

El borrador estará disponible para comentarios hasta el próximo sábado 24 de enero. Si nada diferente ocurre, entrará a regir al día siguiente de su expedición.

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