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Trabajadores tienen último plazo para solicitar este importante beneficio en su empresa

Foto: Freepik

A partir del segundo semestre del año, los trabajadores no podrán solicitar este beneficio.


Noticias RCN

may 27 de 2026
04:30 p. m.

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El reloj corre para los trabajadores del sector formal en Colombia. Con la proximidad del cierre del primer semestre del año, se agota el tiempo para que millones de empleados soliciten y disfruten de un derecho obligatorio que muchas veces pasa desapercibido por desconocimiento o el día a día de las oficinas: el Día de la Familia.

Este beneficio, consagrado en la Ley 1857 de 2017, estipula que los empleadores tienen la obligación legal de programar una jornada libre por semestre para que sus colaboradores compartan exclusivamente con sus núcleos familiares.

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Al ser un beneficio semestral no acumulable, aquellos trabajadores que no lo hayan gestionado antes del próximo 30 de junio perderán la oportunidad de disfrutar el espacio correspondiente a la primera mitad del año.

Día de la Familia: un derecho obligatorio para los colombianos

A diferencia de las vacaciones ordinarias, el Día de la Familia no es un incentivo que la empresa pueda otorgar de manera voluntaria o condicionar al rendimiento del empleado. Es una norma de obligatorio cumplimiento. La legislación colombiana establece dos modalidades para que las compañías hagan efectivo este derecho:

El empleador coordina una actividad masiva o un evento institucional en un espacio físico o virtual donde los trabajadores asistan con sus familiares.

Si la empresa no organiza ningún evento, está obligada a conceder un día laboral libre y completamente remunerado para que el empleado lo disponga a su criterio con los suyos.

¿Qué pasa si las empresas no cumplen?

El Ministerio del Trabajo ha sido enfático en que el incumplimiento de esta normativa puede acarrear severas sanciones económicas para las organizaciones.

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Las multas por vulnerar los derechos laborales de los trabajadores se calculan con base en el valor de la Unidad de Valor Básico (UVB) vigente y pueden llegar a ser millonarias si se comprueba una falta sistemática.

Los expertos en gestión humana recomiendan a los trabajadores revisar sus cronogramas internos y radicar la solicitud formal ante las áreas de talento humano con suficiente anticipación.

Esto permite que la operación de las empresas no se vea afectada por ausencias masivas de última hora y garantiza que el empleado pueda ejercer el cierre de su primer periodo semestral con este descanso obligatorio por ley.

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