CANAL RCN

¿Puede un hijo de crianza reclamar herencia en Colombia? Esto es lo que dice la ley

Diseñado por Magnific

Conozca los requisitos legales y lo que establece la jurisprudencia actual.


Mateo Alfonso Rey

oct 21 de 2026
07:07 a. m.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

Durante décadas, el sistema legal colombiano limitó el derecho a la herencia casi de manera exclusiva a los lazos de sangre o a la adopción legal. Sin embargo, el concepto de familia evolucionó de forma definitiva.

Hoy en día, la pregunta sobre si los hijos de crianza pueden reclamar herencia en Colombia encuentra una respuesta afirmativa en la ley y en las altas cortes, respaldando los lazos construidos sobre el amor, la convivencia y el cuidado diario.

RELACIONADO

Colpensiones: Así cambia la herencia pensional con la nueva ley para quienes no alcanzaron a jubilarse

Especialistas en derecho de familia han detallado los alcances normativos, los requisitos indispensables y los mecanismos legales que existen en el país para que un hijo de crianza pueda participar en una sucesión.

¿Puede un hijo de crianza reclamar herencia en Colombia?

De acuerdo con la legislación vigente y las directrices de la jurisprudencia colombiana, un hijo de crianza es aquella persona que, sin tener un vínculo consanguíneo o una adopción formal, fue acogida en el núcleo de una familia donde se le dio sustento, educación, protección y afecto, consolidando una relación paternofilial basada en la realidad social.

La normativa colombiana —impulsada por la Ley 2388 de 2024 y pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia— reconoce este vínculo bajo la figura de la socioafectividad, estableciendo que los lazos de afecto y cuidado sostenidos en el tiempo generan derechos y deberes equiparables a los de la filiación biológica.

Para que un hijo de crianza sea reconocido judicial o legalmente como heredero con derecho a reclamar su parte, es necesario cumplir con estrictos criterios probatorios que eviten fraudes o pleitos mal intencionados:

  • La ley exige demostrar un tiempo prudencial de convivencia y trato continuo, establecido generalmente en un periodo no menor a cinco (5) años.
  • El entorno social, familiar, educativo y comunitario debe haber reconocido públicamente la relación como si se tratara de padres e hijos biológicos.
RELACIONADO

Freno en seco a herencia de pensiones en Colombia: ya no se pagarán mesadas a quienes superen este límite

  • Se debe comprobar que el padre o madre de crianza asumió las obligaciones económicas, emocionales y de crianza de manera principal.

¿Cómo se tramita el reconocimiento para acceder a la herencia?

Cuando se abre un proceso de sucesión (muerte de los padres de crianza) y existen bienes de por medio, el reconocimiento de esta calidad familiar puede surtirse por dos vías principales.

La primera de ellas es mediante escritura pública ante notaría (cuando todos los herederos reconocen pacíficamente la situación y se cumplen los requisitos formales).

Por otro lado, existe la vía judicial. A través de un proceso ante un Juez de Familia (jurisdicción voluntaria o demanda de petición de herencia), el cual se activa cuando hay controversia, oposición de otros parientes o cuando el causante ya falleció y es imperativo demostrar las pruebas documentales y testimoniales del vínculo.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN Síguenos en Google News

Otras noticias