Dan a conocer la cuantiosa multa que deberá pagar por usar plásticos que quedaron prohibidos en Colombia

Foto: Freepik y Pixabay

Desde el pasado 7 de julio, los colombianos no podrán usar productos como bolsas plásticas, mezcladores, hisopos con con soportes plásticos y pitillos.


Noticias RCN

jul 09 de 2024
11:59 a. m.

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Desde el pasado 7 de julio de 2024, en Colombia entró en vigor la Ley 2232, la cual prohíbe la producción, comercialización y distribución de seis productos plásticos de un solo uso. Esta medida busca reducir el impacto ambiental negativo de estos materiales, que representan una gran amenaza para ecosistemas y la salud humana.

La ley se irá aplicando de manera paulatina en el país y se espera que para el año 2030, los colombianos tendrán que sustituir estos elementos por algunos biodegradables o fabricarlos con otros materiales.

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Ahora, en caso de hacer caso omiso a esta ley, las personas se enfrentarán a las siguientes multas o sanciones, según lo defina la autoridad ambiental competente.

Esta es la cuantiosa multa que deberán pagar

Las sanciones por incumplir la Ley 2232 de 2022 son considerables y van desde multas económicas hasta el cierre definitivo de establecimientos.

Las multas para personas naturales o jurídicas que produzcan o comercialicen los productos plásticos prohibidos se encuentran en un rango de entre 100 y 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En pesos colombianos, esto significa que las multas pueden oscilar entre 130 millones y 65.000 millones de pesos.

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No obstante, además de la multa económica, el ciudadano también se enfrentará a medidas con las autoridades. Estas pueden decomisar cualquier producto plástico que se encuentre en posesión de personas o establecimientos que incumplan la ley.

En el caso de los comercios se dará clausura temporal del establecimiento, la cual en todo caso no podrá exceder de un (1) mes.

Los plásticos que se podrán usar en Colombia

  • Bolsas de basura.
  • Bolsas para los desechos de las mascotas.
  • Empaques plásticos (envases, embalajes, etc.).
  • Productos desechables (cubiertos, vasos para el tinto, para los jugos o salpicones en la calle).
  • Recipientes portacomidas.
  • Icopor
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