Licencia laboral por muerte de mascotas: Corte Suprema avala permisos remunerados en Colombia
El fallo reconoce el duelo por animales de compañía como un beneficio laboral extralegal para un grupo específico de trabajadores.
Noticias RCN
11:20 a. m.
La Corte Suprema de Justicia de Colombia emitió un fallo que marca un precedente relevante: avala que un grupo determinado de trabajadores puedan acceder a permisos remunerados por luto tras la muerte de una mascota.
La decisión se consolidó a partir de la sentencia SL2375-2025, en la que la Sala Laboral de la Corte Suprema respaldó un laudo arbitral entre la empresa AKT Motos y el sindicato Sintramotores. El beneficio quedó condicionado al cumplimiento de requisitos específicos definidos en el acuerdo.
¿En qué casos aplica el permiso remunerado por muerte de una mascota?
Según lo avalado por la Corte Suprema, este permiso remunerado por luto es para trabajadores sindicalizados y quedó fijado en un día. Además, se determinó que tiene carácter extralegal, lo que significa que no está expresamente consagrado en el Código Sustantivo del Trabajo; el fallo avala un beneficio condicionado y negociado.
El fallo establece condiciones claras para acceder a este beneficio. La mascota debe estar debidamente registrada ante la empresa, tratarse de un solo animal doméstico y no debe tener un propósito comercial. Además, se exige un certificado veterinario que acredite el fallecimiento, así como la demostración de un vínculo afectivo y una convivencia mínima de seis meses con el trabajador solicitante.
Fundamentos jurídicos y reconocimiento de la familia multiespecie
En su análisis, la Sala Laboral recordó que la jurisprudencia constitucional ha reconocido a los animales domésticos como seres sintientes y como miembros importantes del hogar, en virtud de los vínculos afectivos que establecen con las personas.
La Corte Suprema señaló que reconocer el duelo por la muerte de una mascota es jurídicamente viable y coherente con la evolución del derecho laboral. En este contexto, el permiso remunerado no se concibe como una obligación general para todos los empleadores, sino como una facultad legítima dentro de acuerdos colectivos o reglamentos internos, orientada a equilibrar la vida laboral y personal.
Según la Plataforma Alto, esta decisión será clave de cara al futuro. "Es un precedente jurisprudencial muy importante. Más allá del tema sindical, que ha generado algunas críticas, se debe ver como un primer paso enorme para que muy pronto se pueda aplicar a todos los trabajadores".