Estos son los alimentos que no tendrán ‘impuesto saludable’ este 2026: tome nota
Conozca el listado completo: el salchichón, el pan y las carnes están ahí.
Noticias RCN
04:16 p. m.
Uno de los temas que más genera conversación en los hogares y comercios es el Impuesto Saludable, un gravamen diseñado para desincentivar el consumo de productos ultraprocesados y bebidas azucaradas. Sin embargo, para alivio de muchos consumidores y pequeños comerciantes, existe una lista estratégica de alimentos que se mantienen exentos de este tributo por ser considerados fundamentales en la canasta básica familiar.
Recientemente, la Corte Constitucional ratificó la legalidad de estos impuestos, pero también dejó en firme las excepciones que protegen ciertos productos de origen animal y alimentos tradicionales.
La decisión judicial subrayó que estas exenciones no vulneran la equidad, ya que buscan proteger la seguridad alimentaria de las poblaciones con menores ingresos.
Conozca los alimentos que no tendrán ‘impuesto saludable’ este 2026
En primer lugar aparecen las carnes y los embutidos. Y es que a pesar de ser procesados, ciertos productos cárnicos han sido excluidos para no encarecer el acceso a proteínas de consumo masivo. Bajo este orden figuran las carnes frescas, el salchichón, la mortadela y otras.
Por otro lado, también figura el pan. Este es el producto más sensible de la lista. La normativa es clara: los productos de panadería artesanal y aquellos que cumplen con la definición legal de "pan" no generan el impuesto. Esto incluye también insumos como la harina de trigo, la sémola y el maíz, esenciales para la producción local.
Curiosamente, algunos productos con contenido de azúcar se salvaron debido a su arraigo cultural y nutricional:
- Arequipe y bocadillo de guayaba: Considerados dulces tradicionales, han sido exceptuados del listado de ultraprocesados gravados.
- Leche y derivados lácteos: La leche líquida, en polvo y los quesos permanecen fuera del alcance de este impuesto.
Finalmente, figuran los jugos de frutas u otros frutos o de hortalizas de la partida 20.09, aguas no saborizadas ni endulzadas, fórmulas infantiles, productos de terapia nutricional, alimentos líquidos/polvo para propósitos médicos especiales y soluciones de electrolitos.