Movilidad advierte por multa e inmovilización a conductores que incumplan con este trámite
Este es el trámite, costo y documentos necesarios en Bogotá para evitar infracciones.
Noticias RCN
12:48 p. m.
Para muchos conductores, algunas modificaciones que realizan en sus vehículos no representan un asunto que requiera trámites adicionales. Sin embargo, la Secretaría de Movilidad recuerda que ciertos cambios pueden tener implicaciones en la documentación del automotor y podrían derivar en una multa e incluso en la inmovilización del vehículo.
Cambiar el aspecto de un vehículo mediante pintura, vinilo, PPF u otras técnicas implica un reporte ante las autoridades de tránsito. La medida está relacionada con la identificación del automotor. La licencia de tránsito contiene las características físicas que permiten reconocer un carro, camión o motocicleta dentro del parque automotor. Por esta razón, cuando una modificación altera su color predominante, es necesario actualizar la información registrada.
¿Cuándo es obligatorio registrar el cambio de color de un vehículo?
El cambio de color debe registrarse cuando la modificación supera el 50% del color original del vehículo y el nuevo tono pasa a ser el predominante. Esta condición está establecida en la Resolución 20223040045295 del Ministerio de Transporte.
La obligación aplica independientemente de la técnica utilizada para modificar la apariencia. Por ejemplo, una persona puede recurrir a pintura, vinilo o PPF, una lámina transparente de poliuretano termoplástico utilizada para proteger la carrocería frente a rayones, impactos y daños ocasionados por los rayos UV.
No registrar un cambio que debe aparecer en la licencia puede generar una infracción. El Código Nacional de Tránsito, mediante la Ley 769 de 2002, artículo 131, contempla la infracción B7 por no informar a la autoridad de tránsito competente sobre el cambio de motor o color de un vehículo.
La infracción por no registrar el nuevo color contempla la inmovilización del vehículo y una multa equivalente a 8 salarios mínimos legales diarios vigentes, que para 2026 corresponde a aproximadamente $337.627, sin incluir los gastos relacionados con grúa y salida de patios.
¿Qué requisitos tiene el trámite de cambio de color?
Para realizar el trámite de cambio de color en Bogotá, la Ventanilla Única de Servicios señala que durante 2026 tiene un costo de $314.300. Además, el propietario debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y el vehículo debe estar matriculado en Bogotá.
También es necesario tener el SOAT vigente, estar a paz y salvo por multas de tránsito a nivel nacional y realizar el pago correspondiente al trámite. Si el procedimiento es realizado por un tercero, este debe contar con un contrato de mandato.
Una vez cumplidos estos requisitos, se puede agendar una cita en una de las 19 sedes de la Ventanilla Única de Servicios. El día de la cita se deben presentar la cédula de ciudadanía, el formulario de solicitud debidamente diligenciado y una solicitud escrita de cambio de color en la que se especifique el nuevo tono del vehículo.
A esta solicitud deben adjuntarse las respectivas improntas o una certificación expedida por el fabricante, ensamblador o importador del vehículo. Los detalles adicionales del procedimiento pueden consultarse en la página de la Ventanilla Única de Servicios.
Este contenido fue creado con apoyo de una Inteligencia Artificial y revisado por un periodista del equipo de Noticias RCN.