Multa de más de 200.000 pesos a dueños de gatos en conjuntos residenciales por esta práctica común
Los dueños de estos animales domésticos deberán tener en cuenta la normativa para evitar sanciones.
Noticias RCN
11:10 a. m.
La convivencia en conjuntos residenciales vuelve a estar en el centro del debate legal en Colombia. Propietarios y tenedores de gatos que permiten la libre circulación de sus felinos por las zonas comunes de la propiedad horizontal se exponen a sanciones económicas que superan los $200.000 pesos, además de medidas correctivas por parte de las autoridades competentes.
Si bien la tenencia de mascotas es un derecho amparado por las leyes nacionales y un pilar fundamental para el bienestar emocional de los hogares, la falta de control sobre los animales domésticos continúa generando fricciones en la convivencia.
¿Qué dice la normativa vigente sobre los gatos en conjuntos?
De acuerdo con el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016), los dueños de mascotas tienen la responsabilidad ineludible de garantizar que sus animales no representen un riesgo, incomodidad o afectación a la salubridad de la comunidad.
A diferencia de los perros, cuya obligación de usar correa y bozal (cuando aplica) es ampliamente conocida, existe un vacío cultural frente a los felinos. Muchos cuidadores asumen que los gatos pueden deambular libremente por pasillos, jardines, tejados o parqueaderos residenciales.
Sin embargo, la legislación establece que cualquier animal que transite por espacios compartidos debe estar bajo el control directo de su responsable.
Las consecuencias legales y económicas
La infracción a las normas de convivencia relacionadas con el manejo inadecuado de animales en espacio público o zonas comunes de propiedad horizontal acarrea:
- Sanciones monetarias que superan los $200.000 pesos, ajustadas a la normatividad de los comparendos de policía.
- Los consejos de administración y administradores de conjuntos residenciales están facultados para aplicar multas económicas estipuladas en el manual de convivencia, siempre y cuando este haya sido aprobado previamente por la asamblea general de copropietarios.
- Intervención de las autoridades de policía para mediar en conflictos de vecindad derivados de excrementos en zonas comunes, daños a jardines ajenos o ruidos molestos.