Esta será la multa que viene para conductores que tengan el SOAT vencido en 2026: tomen nota
El alza del salario mínimo, ajustaría el valor del comparendo
Noticias RCN
01:41 p. m.
A medida que se acerca el inicio de un nuevo año fiscal, los conductores en Colombia deben preparar sus bolsillos para los ajustes económicos que trae consigo el 2026.
Uno de los temas que más preocupa a los propietarios de vehículos es el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), cuya vigencia es indispensable para circular legalmente por las vías del país.
Para el 2026, el panorama sancionatorio se vuelve más riguroso debido al incremento del salario mínimo y a nuevas determinaciones judiciales que cambian la forma en que se imponen los comparendos.
SOAT 2026: multas que se vienen por tenerlo vencido
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, conducir un vehículo sin el SOAT vigente o portarlo vencido constituye una infracción tipo D.2. La sanción económica para este caso está fijada en 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV).
Con el reciente ajuste al salario mínimo para 2026, que ha sido fijado en $1.750.905, el valor de un día de salario se sitúa aproximadamente en $58.363.
Esto significa que la multa por no tener el seguro al día asciende a $1.750.890 (valor aproximado sujeto a redondeos oficiales). Este monto representa un incremento significativo respecto a años anteriores, impactando directamente la economía de los infractores.
Cabe recordar a los conductores, que la sanción no termina con el comparendo. La ley faculta a las autoridades de tránsito para realizar la inmovilización inmediata del vehículo. Esto conlleva gastos adicionales que el conductor debe asumir:
- Servicio de grúa: Cuyo costo varía según la ciudad y la distancia recorrida.
- Patios (parqueadero): Una tarifa diaria que se acumula hasta que el propietario presente el SOAT vigente y pague los derechos correspondientes.
SOAT tendrá incremento para conductores en 2026
De acuerdo al comunicado de la Superfinanciera, la tarifa final para motos de bajo cilindraje, taxis y microbuses aumentará cerca del 5%, mientras que para el resto de vehículos y motocicletas el incremento será de apenas 0,38 %.
La Superfinanciera explicó que las tarifas máximas aplicables a las categorías con rango diferencial por riesgo, definidas en el Decreto 2497 de 2022 y modificado por el Decreto 2312 de 2023, deben ajustarse con base en la variación anual de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que para 2026 fue del 5,17%.
En contraste, las demás categorías, que representan cerca del 50% del parque automotor, tuvieron un aumento moderado tras la revisión técnica y financiera que realiza periódicamente la entidad, lo que permitió limitar el ajuste a un 0,38 %.