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Nuevas reglas para operar drones en vigilancia privada: Aerocivil emitió cambios

Foto: Freepik

Aerocivil anunció nuevas reglas para el uso de drones en vigilancia privada. Conozca las restricciones, requisitos y cambios que deberán cumplir las empresas en 2025.


Noticias RCN

dic 10 de 2025
05:45 p. m.

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El uso de drones en servicios de vigilancia privada tendrá nuevas reglas en Colombia. Con la Circular Conjunta 001 de 2025, la Aeronáutica Civil y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada establecieron límites estrictos para su operación, con el fin de garantizar que esta tecnología se utilice únicamente para fines de seguridad.

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“Este documento unifica criterios entre ambas entidades y fija un marco claro para la incorporación de esta tecnología en condiciones de seguridad y cumplimiento normativo”, explicaron las autoridades al presentar el lineamiento.

¿Qué cambios trae la circular para las empresas de vigilancia?

La regulación detalla los pasos, obligaciones y restricciones que deberán cumplir las compañías que deseen operar drones, cuyo uso se ha expandido en escenarios urbanos y rurales para reforzar labores de seguridad. El objetivo es garantizar que estas aeronaves no sean empleadas para funciones ajenas a la vigilancia.

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“Los drones solo podrán emplearse para actividades de vigilancia y seguridad privada orientadas a la captura de imágenes o datos. Queda prohibido su uso para transporte de artículos, traslado de armas, manejo de mercancías peligrosas o cualquier actividad que no esté contemplada en la normativa aeronáutica”, señaló Miguel De la Hoz García, jefe de la oficina jurídica de la Supervigilancia.

Además, las empresas deberán contar con una licencia vigente que las autorice para operar drones y otros dispositivos tecnológicos, antes de iniciar cualquier trámite ante la Aerocivil.

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La autoridad aeronáutica también estará habilitada para verificar el “cumplimiento del requisito descrito” y asegurar la trazabilidad de cada aeronave.

Un régimen de transición para ajustarse a la norma

Para facilitar la implementación, la circular incluye un régimen de transición.

Las compañías que aún no tengan certificación podrán iniciar el proceso, mientras que aquellas que ya están acreditadas como explotadores UAS deberán registrar cada dron ante la Supervigilancia, garantizando que su uso se mantenga dentro de los límites definidos.

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