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Gobierno confirma nuevas reglas para patinetas y bicicletas eléctricas: vea los cambios y desde cuándo rigen

Foto: Secretaría Bogotá

El Gobierno reglamentó nuevas reglas para patinetas, bicicletas y monociclos eléctricos. Conozca las obligaciones, los cambios y cuándo empezarán a aplicar.


Sebastián Montañez

ago 05 de 2026
08:34 a. m.

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Los usuarios de patinetas eléctricas, bicicletas eléctricas, monociclos y otros vehículos de micromovilidad deberán adaptarse a nuevas reglas en Colombia.

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El Ministerio de Transporte expidió la Resolución 20263040030675 de 2026, con la que reglamenta por primera vez la circulación de estos vehículos y desarrolla la Ley 2486 de 2025.

La normativa busca responder al crecimiento de este tipo de transporte en las ciudades y establecer reglas claras para mejorar la seguridad vial. Además de definir cómo deben circular estos vehículos, también fija obligaciones para usuarios, fabricantes y comercializadores.

Uno de los cambios más importantes es que, por primera vez, Colombia cuenta con una clasificación oficial para los vehículos de micromovilidad, diferenciando entre automotores y no automotores, e incluyendo categorías como bicicletas eléctricas, patinetas eléctricas, monociclos, triciclos eléctricos y otros vehículos de movilidad personal.

Estas son las nuevas obligaciones para los usuarios y fabricantes

La resolución establece varias medidas que deberán cumplirse para mejorar la seguridad de quienes utilizan estos medios de transporte.

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Entre las principales obligaciones está el uso obligatorio de casco certificado para los usuarios de los Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana (VELMPU), como patinetas y monociclos eléctricos.

También será obligatorio portar prendas o elementos retrorreflectivos cuando se circule durante la noche o en condiciones de poca visibilidad.

En cuanto a los vehículos, los fabricantes y comercializadores deberán garantizar que cuenten, como mínimo, con:

  • Sistema de frenos.
  • Luz delantera y trasera.
  • Avisador acústico (timbre o bocina).
  • Limitador de velocidad.
  • Indicador de batería.
  • Indicador de velocidad.
  • Luces direccionales.
  • Sistema que impida modificar la velocidad máxima.

La reglamentación también prohíbe que estos vehículos circulen por andenes, aceras o cualquier infraestructura destinada exclusivamente a los peatones.

En materia de velocidad, la norma fija un límite de 25 kilómetros por hora para actividades recreativas y deportivas, mientras que cuando deban circular por la calzada no podrán superar los 40 kilómetros por hora.

Además, establece condiciones para la circulación fuera del perímetro urbano cuando las autoridades territoriales aún no hayan expedido una reglamentación específica.

¿Desde cuándo serán obligatorias las nuevas reglas?

Otra de las novedades es la creación de una lámina de identificación obligatoria para los vehículos exceptuados por la Ley 2486 de 2025.

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Esta placa deberá incluir información como marca, modelo, año de fabricación, número de serie, peso, potencia, categoría, clase y velocidad máxima del vehículo. La obligación comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2027.

La resolución también incorpora lineamientos para el transporte de estos vehículos en sistemas de transporte público, medidas para la gestión ambiental de baterías y protocolos de atención frente a emergencias relacionadas con baterías de litio.

Sin embargo, las nuevas disposiciones no empezarán a sancionarse de inmediato. El Ministerio de Transporte anunció un período de tres meses de pedagogía y socialización, durante el cual la Agencia Nacional de Seguridad Vial adelantará campañas informativas. En ese tiempo no habrá multas por incumplir las nuevas obligaciones.

"La micromovilidad llegó para quedarse y necesitaba reglas claras. Con esta reglamentación damos un paso decisivo para proteger la vida de los usuarios, brindar seguridad jurídica a fabricantes y autoridades, y consolidar alternativas de movilidad sostenible que contribuyan a ciudades más seguras y eficientes", afirmó la ministra de Transporte, Mafe Rojas.

Con esta reglamentación, el Gobierno busca llenar el vacío legal que existía sobre los vehículos de micromovilidad y establecer un marco normativo que permita una convivencia más segura entre peatones, ciclistas, conductores y usuarios de estos nuevos medios de transporte.

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