Página de la Dian se restableció: ¿Quiénes tienen nuevo plazo para presentar su declaración de renta?

Foto: Pixabay

Las personas que no hayan logrado presentar su declaración de renta por fallas en el sistema, podrán declarar sin pagar la multa por extemporaneidad.


Noticias RCN

sept 27 de 2023
05:02 p. m.

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Desde el pasado 9 de agosto iniciaron los vencimientos para la declaración de renta de personas naturales, según el orden establecido en el calendario tributario de la Dian (Dirección de Aduanas e impuestos Nacionales). De acuerdo con la entidad, la programación de la fecha máxima para presentar el documento dentro del plazo oportuno depende de los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente.

Así entonces, hasta el momento a más de la mitad de las personas que deben declarar su renta ante la Dian ya se les venció el plazo oportuno y en caso de no haberla presentado deben pagar la sanción por extemporaneidad, es decir, asumir la multa por pasarse de la fecha máxima.

Sin embargo, desde mitad de septiembre la entidad se encuentra en un proceso de actualización de la plataforma para que los ciudadanos puedan realizar su proceso de declaración de una forma más intuitiva, según la Dian.

No obstante, durante los primeros días de funcionamiento de la plataforma muchos usuarios denunciaron que se estaban presentando intermitencias en el sistema, lo que había dificultado el proceso para cargar la documentación en el nuevo formulario que registró modificaciones.

Al respecto, desde la entidad adscrita al Ministerio de Hacienda, se estableció que los contribuyentes que presentaron inconvenientes durante la semana anterior tendrán como plazo máximo este martes 27 de septiembre para cargar su documentación, luego de verificar que la interfaz estaba funcionando correctamente.

¿Quiénes pueden presentar su declaración de renta sin pagar la sanción?

Según dio a conocer la Dian los ajustes en la plataforma culminaron el martes 26 de septiembre, por lo que las personas naturales cuyos dígitos terminados en 63, 64, 65, 66, 67 y 68 podrán declarar hasta finalizar la jornada del miércoles sin liquidar la sanción de extemporaneidad establecida en el artículo 641 del Estatuto Tributario.

Lo anterior quiere decir que, quienes no hayan podido cargar su declaración y tenían fecha de vencimiento del 22, 25 y 26 de septiembre tienen la oportunidad de cargar su documentación este miércoles sin asumir la multa que equivale a $424.000 por no cumplir con el calendario tributario 2023.

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¿Quiénes están próximos al vencimiento de su declaración de renta?

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Los contribuyentes que tengan los dos últimos dígitos del número del NIT:

  • 63,64,65, 66,67,68,69 y 70: 27 de septiembre del 2023 (hasta finalizar el día)
  • 71 y 72: 28 de septiembre del 2023
  • 73 y 74: 29 de septiembre del 2023
  • 75 y 76: 2 de octubre del 2023
  • 77 y 78: 3 de octubre del 2023
  • 79 y 80: 4 de octubre del 2023
  • 81 y 82: 5 de octubre del 2023
  • 83 y 84: 6 de octubre del 2023
  • 85 y 86: 9 de octubre del 2023
  • 87 y 88: 10 de octubre del 2023
  • 89 y 90: 11 de octubre del 2023
  • 91 y 92: 12 de octubre del 2023
  • 93 y 94: 13 de octubre del 2023
  • 95 y 96: 17 de octubre del 2023
  • 97 y 98: 18 de octubre del 2023
  • 99 y 00: 19 de octubre del 2023
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