¿Para quiénes aplica retención de fuente en 2023?

Imagen de referencia- Foto: Freepik

No todos están obligados a realizar la declaración mensual de este porcentaje, solo las personas naturales o jurídicas que estén autorizadas legalmente.


Noticias RCN

feb 12 de 2023
01:40 p. m.

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La retención en la fuente es “un porcentaje de dinero que se retiene de los ingresos de las personas u organizaciones al momento de adquirir ingresos, honorarios o prestar un servicio”, así lo explica la subdirectora de Registro Único Tributario, Adriana Solano Cantor.

Para poner un ejemplo, cuando un empleador debe pagar un salario a su trabajador comienza una retención de la fuente frente al ingreso de ese empleado. De acuerdo con la Dian, no todos están obligados a realizar la declaración mensual de este porcentaje, solo las personas naturales o jurídicas que estén autorizadas legalmente y clasificadas como agentes de retención: entidades de derecho público, fondos de inversión, de valores, de pensiones, de jubilación e invalidez, sucesiones ilíquidas y otros.

En esta categoría también entran personas naturales que sean comerciantes. Otra de las fuentes proviene de los bancos a sus cuentas de ahorros o corrientes, y corresponde al 4X100 que les cobran a los colombianos.

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El artículo 383 del Estatuto Tributario establece que dicho porcentaje para los ingresos laborales parte de 95 UVT. El valor fijado de la Unidad de Valor Tributario para 2023 fue de 42.412 pesos, por lo que la base gravable de la retención sería equivalente a 4.029.140

El Estado colombiano utiliza la retención de fuente para recaudar impuestos antes de que se cumplan las fechas máximas establecidas de los contribuyentes naturales y jurídicos para pagar los impuestos cada año. Sin embargo, también beneficia a los ciudadanos porque les permite pagar en montos pequeños los impuestos.

Tenga en cuenta: a la hora de declarar impuestos es importante descontar las retenciones en la fuente que se hicieron durante el año gravable anterior para que sean descontadas del saldo a pagar.

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