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Pensión de sobrevivientes en Colombia: qué es y los requisitos qué necesita para aplicar

Foto: Freepik

Conozca las personas que pueden acceder a ella y los requisitos que deben cumplir.


Noticias RCN

ago 13 de 2025
03:52 p. m.

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La pensión de sobrevivientes en Colombia se erige como una prestación fundamental del sistema de seguridad social, diseñada para proteger económicamente a los familiares de un afiliado o pensionado que fallece. No se trata simplemente de un beneficio, sino de un derecho que busca garantizar la subsistencia de aquellos que dependían económicamente del causante, mitigando así el impacto de su ausencia repentina.

Este derecho está consagrado en la Ley 100 de 1993 y sus posteriores modificaciones, y aplica tanto en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (administrado por Colpensiones) como en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (operado por los fondos privados de pensión).

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La esencia de esta pensión es doble: puede otorgarse por la muerte de un pensionado (sustitución pensional) o por la muerte de un afiliado que aún no había alcanzado la edad de jubilación. En ambos casos, el objetivo es el mismo y es brindar un respaldo financiero a la familia que ha perdido a su principal proveedor.

La diferencia radica en los requisitos de cotización. Mientras que la sustitución pensional es un derecho que se transfiere automáticamente, la pensión de sobrevivientes para los beneficiarios de un afiliado exige que este haya cotizado un mínimo de 50 semanas en los tres años anteriores a su fallecimiento.

Este requisito de semanas cotizadas es un pilar del sistema para asegurar que la persona fallecida estaba activamente vinculada al sistema de pensiones.

¿Quiénes pueden acceder a la pensión de sobrevivientes?

La ley colombiana establece una jerarquía de beneficiarios, priorizando a los miembros más cercanos del núcleo familiar. El primer orden de beneficiarios lo conforman el cónyuge o compañero(a) permanente y los hijos. Para el cónyuge o compañero(a), los requisitos de convivencia son cruciales: se exige una vida marital de al menos cinco años continuos antes del fallecimiento del causante para que la pensión sea vitalicia. Sin embargo, hay excepciones: si el beneficiario tiene menos de 30 años y no tuvo hijos con el fallecido, la pensión será temporal, pagándose por un máximo de 20 años.

En casos de convivencia simultánea entre cónyuge y compañero(a) permanente, la ley establece que la pensión se dividirá en proporción al tiempo de convivencia.

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En cuanto a los hijos, estos tienen derecho a la pensión si son menores de 18 años. El beneficio se extiende hasta los 25 años si demuestran estar estudiando y dependiendo económicamente del causante.

Los hijos inválidos, sin importar su edad, también son beneficiarios siempre y cuando su invalidez sea previa al fallecimiento del padre o madre y dependieran económicamente de él o ella.

En ausencia de cónyuge, compañero(a) permanente e hijos, la pensión puede ser otorgada a los padres del causante, siempre y cuando se demuestre una dependencia económica total.

El último nivel de beneficiarios lo constituyen los hermanos del fallecido, pero solo si son inválidos y dependían económicamente del causante. La ley es clara en que la pensión no puede pasar de un nivel a otro si existen beneficiarios en el orden anterior que cumplan con los requisitos.

¿Cuánto se otorga en la pensión de sobrevivientes?

El monto de la pensión de sobrevivientes varía según la situación del causante. Si la persona fallecida ya era pensionada, sus beneficiarios recibirán el 100% de la pensión que este disfrutaba. En el caso de que la persona fallecida fuera un afiliado activo, el monto de la pensión se calcula con base en su Ingreso Base de Liquidación (IBL) y el número de semanas cotizadas.

La ley establece que esta pensión no puede ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente, garantizando un ingreso mínimo para la familia.

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Es importante destacar que, si el afiliado no cumple con el mínimo de 50 semanas cotizadas para que sus familiares accedan a la pensión, el sistema ofrece una alternativa: la indemnización sustitutiva.

Este beneficio consiste en la devolución de los aportes realizados por el afiliado a lo largo de su vida laboral, ajustados por inflación, brindando así un apoyo económico, aunque no en forma de pensión mensual.

La pensión de sobrevivientes es, en definitiva, un mecanismo de protección social crucial en el panorama colombiano, que reconoce la importancia del núcleo familiar y busca asegurar su estabilidad ante la pérdida de un ser querido.

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