Pensión por invalidez: ¿qué es y quiénes pueden solicitarla?

Imagen de referencia - Foto: Pixabay

El valor del ingreso de esta pensión se determina dependiendo del porcentaje de pérdida en la capacidad laboral y el número de semanas cotizadas.


Noticias RCN

dic 07 de 2022
08:00 p. m.

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La pensión es un ahorro que se hace durante toda la vida laboral como empleado o independiente y permite recibir un pago mensual y cobertura en salud de por vida, al cumplir una serie de requisitos de edad y tiempo trabajado. Hay varios tipos de pensiones en Colombia, y depende de la forma de financiamiento, está la pensión de vejez, la de sobrevivencia, la familiar y la de invalidez.

Esta última pensión de invalidez es una prestación económica que se obtiene cuando una persona sufre un accidente que le impide continuar con sus labores. Este ingreso consiste en una renta mensual y es entregado a quienes sean diagnosticados como personas inválidas por una enfermedad de origen común, es decir, que no se haya originado en el espacio de trabajo.

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Para que un ciudadano sea diagnosticado de esta forma, por ley se establece que debe haber perdido el 50% o más de su capacidad laboral.

Adicionalmente, se exigen 50 semanas cotizadas que estén dentro de los 3 años anteriores de haber determinado la invalidez. Cabe mencionar que este ingreso solo se mantiene si también perdura la enfermedad, por ello se realiza una valoración del beneficiario cada tres años.

Esta pensión aplica para todos los fondos, sean privados o públicos y el valor del ingreso se determina dependiendo del porcentaje de pérdida en la capacidad laboral y también del número de semanas cotizadas por el beneficiario.

Es importante mencionar que este tipo de pensión es diferente a la de vejez y la de sobrevivencia. La primera es un ingreso que se adquiere por el trabajo y las cotizaciones en la vida laboral, y tiene unas especificaciones particulares: 1.300 semanas cotizadas y 57 años en mujeres y 63 en hombres. Por su parte, la pensión de sobrevivencia es la que reconoce a los beneficiarios de un afiliado que ha fallecido, para brindarles una mesada pensional.

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