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Mesada de pensión extra en Colombia: salario con el que puede acceder a este ingreso

Foto: Freepik

Conozca las personas que pueden verse beneficiados por este ingreso extra.


Noticias RCN

ago 14 de 2025
03:50 p. m.

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En el sistema pensional colombiano, un tema que ha generado controversia y debate es la llamada "mesada 14", una mesada pensional extra que, durante años, fue un derecho de todos los jubilados. Sin embargo, en la actualidad, su aplicación está limitada y genera dudas entre los pensionados y la ciudadanía en general.

La mesada 14, también conocida como "prima de julio", fue instaurada con la intención de proporcionar un ingreso adicional a los pensionados, similar a la prima de servicios que reciben los trabajadores activos.

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Se trataba de un pago equivalente a una mesada pensional completa que se hacía efectivo cada año en el mes de julio, complementando las 12 mesadas regulares y la mesada 13 (prima de navidad). Su existencia buscaba mejorar la calidad de vida de los jubilados, reconociendo el esfuerzo de una vida laboral.

¿Quiénes pueden recibir la mesada extra de pensión actualmente?

El derecho a la mesada 14 fue inicialmente universal para todos los pensionados. No obstante, esta situación cambió drásticamente con la entrada en vigor del Acto Legislativo 01 de 2005.

El nuevo marco legal estableció que a partir de la entrada en vigencia de dicho acto, es decir, del 25 de julio de 2005, la mesada 14 dejaría de ser un derecho para las nuevas pensiones. Con esto, se generó una clara diferenciación entre los pensionados: aquellos que se jubilaron antes del 25 de julio de 2005 conservaron su derecho a recibirla, sin importar el monto de su pensión. Por el contrario, quienes se pensionaron después de esta fecha, perdieron el derecho a la mesada 14.

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Ahora, quienes se pensionaron antes de esa fecha y reciben una mesada inferior a 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($22.800.000), también recibirían la mesada de pensión extra en Colombia.

La jurisprudencia ha sido consistente en interpretar que la eliminación del beneficio es general para las nuevas pensiones, independientemente de su monto.

  • Pensionados antes del 25 de julio de 2005: Es correcto. Aquellos que se pensionaron antes de esta fecha tienen derecho a recibir la mesada 14, siempre y cuando su pensión no supere los 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
  • Pensionados entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011: Este es un grupo con condiciones más restrictivas. Para recibir la mesada 14, la pensión debe ser igual o inferior a 3 SMLMV. Si la pensión supera este tope, no se tiene derecho a la mesada extra.
  • Pensionados después del 31 de julio de 2011: A partir de esta fecha, la mesada 14 fue eliminada por completo para los nuevos pensionados, sin importar el monto de su pensión. Es decir, las personas que se jubilaron a partir de agosto de 2011 ya no tienen derecho a este beneficio.
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