Preste atención a los impuestos que debe pagar en el segundo semestre del 2023

Foto: Pixabay

Programe sus pagos de acuerdo con el calendario tributario y evite multas por incumplir con sus obligaciones.


Noticias RCN

jun 23 de 2023
12:12 p. m.

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Con el inicio del segundo semestre del año se aproximan los plazos máximos para que personas naturales y jurídicas cumplan con sus obligaciones tributarias de acuerdo con el calendario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), que dispone las fechas de los diferentes impuestos que corresponden al semestre restante del 2023.

Así entonces, con el fin de evitar multas o requerimientos de la entidad, los contribuyentes deben programar sus pagos correspondientes a los próximos seis meses.

Impuestos programados para el segundo semestre del 2023 en el calendario tributario

Impuesto al patrimonio:

Según la Dian, las personas que cuenten con un patrimonio líquido igual o superior a las 72.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) se encuentran obligados a declarar este impuesto. Sin embargo, se debe tener en cuenta que con la reforma tributaria se aplicarán novedades con relación al pago de este tributo y que la tarifa puede variar según el valor de los activos reportados.

  • Desde las 72.000 UVT aplica una tarifa de 0,5%
  • Entre las 120.000 y 239.000 UVT la tasa se ubica en 1%
  • Desde las 239.000 UVT habrá una tarifa de 1,5%

A partir de 2027, los patrimonios superiores a 122,000 UVT estarán grabados con la tarifa del 1%.

Para el año en curso, dependiendo el último número del NIT, la primera cuota debió pagarse entre el 9 y 23 de mayo, mientras la segunda fecha está prevista para ser cancelada entre el 7 y 20 de septiembre.

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Declaración de renta:

Durante el segundo semestre del año en curso también se vence el plazo para que personas naturales respondan por el impuesto sobre la renta del año gravable 2022.

Según los últimos dígitos del NIT, el plazo para pagar este tributo es desde el 09 de agosto hasta el 19 de octubre y están obligados a cumplir con este compromiso los siguientes contribuyentes.

  • Quienes cuenten con un patrimonio bruto que el último día del año 2022 superara los 4.500 UVT ($171.018.000)
  • Aquellos contibuyentes que registraran ingresos brutos del ejercicio gravable superiores a 1.400 UVT ($53.206.000).
  • Quienes hayan registrado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($53.206.000)
  • Compras y consumos superiores a 1.400 UVT ($53.206.000)
  • Consignaciones bancarias acumuladas superiores a 1.400 UVT ($53.206.000)

Impuesto sobre el IVA

Los contribuyentes responsables, entre personas jurídicas, naturales y grandes contribuyentes, cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2022, hayan sido iguales o superiores a 92.000 UVT, es decir, $ 3′496.368.000, deben presentar y pagar cada bimestre el IVA, teniendo en cuenta el último dígito del NIT. Las fechas programadas para el segundo semestre del 2023 son:

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  • Julio – agosto: del 7 al 20 de septiembre de 2023
  • Septiembre – octubre: del 8 al 22 de noviembre de 2023
  • Noviembre – diciembre: del 10 al 23 de enero de 2024
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