Prima de mitad de año: estos son los trabajadores que no la recibirán

Foto: Freepik

En nuestro país, esta es una obligación que deben dar las empresas a sus empleados, sin embargo, existen trabajadores que no recibirán


Noticias RCN

may 22 de 2024
06:36 p. m.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

La prima de mitad de año, también conocida como prima de servicios, es un beneficio obligatorio que los empleadores deben pagar a sus trabajadores en Colombia, dos veces al año: en junio y diciembre.

RELACIONADO

A trabajadores les llegaría más plata de la esperada en la prima: multas a las empresas en caso de no cumplir

Sin embargo, no todos los trabajadores tienen derecho a recibirla. Existen algunos casos donde los empleados no reciben este dinero extra.

Estos son los trabajadores que no recibirán prima

De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, los siguientes trabajadores no tienen derecho a recibir la prima de mitad de año:

  • Trabajadores independientes: Los trabajadores independientes no tienen una relación laboral con una empresa, por lo que no son considerados empleados y no tienen derecho a recibir la prima de servicios.
  • Trabajadores con contrato de prestación de servicios: Los trabajadores con contrato de prestación de servicios tampoco son considerados empleados y, por lo tanto, no tienen derecho a recibir la prima de servicios.
  • Trabajadores ocasionales o temporales: Los trabajadores ocasionales o temporales son aquellos que son contratados para realizar una labor específica por un tiempo determinado. Estos trabajadores no tienen derecho a recibir la prima de servicios a menos que hayan trabajado la mitad de su contrato o más.
RELACIONADO

Impuesto vehicular 2024: estos son los carros que tendrán hasta el 70% de descuento

  • Trabajadores con salario integral: Los trabajadores con salario integral reciben un pago único que incluye el salario básico, las prestaciones sociales y la prima de servicios. Estos trabajadores no reciben la prima de mitad de año por separado.
  • Aprendices o practicantes: Los aprendices o practicantes son aquellos que están aprendiendo un oficio o profesión. Estos trabajadores no tienen derecho a recibir la prima de servicios a menos que hayan trabajado la mitad de su tiempo de aprendizaje o práctica.
  • Trabajadores por días: Los trabajadores por días son aquellos que son contratados para trabajar un día específico. Estos trabajadores no tienen derecho a recibir la prima de servicios a menos que hayan trabajado la mitad de los días del mes.

Razones por las que no reciben prima

La razón principal por la que estos trabajadores no reciben la prima de mitad de año es porque no tienen una relación laboral formal con una empresa. La prima de servicios es un beneficio que se otorga a los trabajadores como una retribución por los beneficios económicos y sociales que generan para la empresa.

En el caso de los trabajadores independientes, los trabajadores con contrato de prestación de servicios, los trabajadores ocasionales o temporales y los trabajadores por días, no existe una relación laboral formal con la empresa, por lo que no generan estos beneficios para la misma.

Por otro lado, los trabajadores con salario integral ya reciben la prima de servicios como parte de su salario integral, por lo que no la reciben por separado. Los aprendices o practicantes, por su parte, aún están en proceso de aprendizaje y no generan los mismos beneficios económicos y sociales para la empresa que un trabajador regular.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

Otras noticias