¿Que días compensatorios puede recibir un trabajador durante 2024?

Foto: Freepik

Conozca los descansos remunerados que tendrá para el presente año.


Noticias RCN

ene 12 de 2024
09:36 a. m.

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La llegada del año 2024 ha traído consigo una serie de modificaciones en cuanto a los temas laborales que competen a las empresas y los trabajadores de ellas. Además de definir lo que será el salario mínimo de este año, desde el gobierno nacional también presentaron cambios en cuanto a las condiciones y los horarios en los que laboran los empleados.

Uno de los beneficios que reciben los empleados para este año serán los descansos remunerados que se pueden gozar durante el mes y el cual se rige en el Código Sustantivo del Trabajo. No obstante, a pesar de ello, la normativa también trae la desaparición del tradicional 'Día de la Familia', el cual era remunerado dos veces al año. 

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¿Cuáles son los descansos remunerados para este 2024? 

Aunque el día de la familia fue eliminado, los trabajadores pueden gozar de otros días que serán remunerados por las empresas.

Uno de los más comunes es el pago por trabajar los domingos y festivos. Estos además tendrán un cargo adicional en el caso de cumplir con horas extras. Para las horas extra en horario nocturno, dominicales y festivos, se aplica un recargo del 75% al valor ordinario de cada hora trabajada.

Además de ello se tienen los días compensatorios por trabajar los domingos, siendo este quizás el más importante y de acuerdo con el Ministerio de Trabajo, los días compensatorios por trabajar los domingos se dividen en dos áreas.

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¿Cómo serán los días compensatorios por domingos trabajados? 

En caso de trabajar los domingo ocasionalmente, el trabajador debe decidir si recibe una compensación financiera equivalente al 1,75 % de su salario o disfrutar de un periodo de descanso compensatorio según el artículo 180 del CST. 

Ahora, en caso de hacerlo habitualmente  el artículo 181 garantiza al trabajador el derecho a recibir el pago equivalente al 1,75 %, además de otorgarle un día compensatorio en la semana siguiente. 

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