¿Qué pasa si no paga la seguridad social de sus trabajadores?

Foto: archivo particular.

Cualquier tipo de omisión, evasión o mora con este pago genera consecuencias de tipo económico por lo que se está en la obligación de hacer el aporte siempre.


Noticias RCN

jun 27 de 2021
12:12 p. m.

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La seguridad social es el conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos y está conformado por los regímenes generales establecidos para pensiones, salud, riesgos laborales, subsidio familiar y los servicios sociales complementarios que se definen en la ley.

Este es un sistema que cubre eventualidades como la de alteración a la salud, incapacidad laboral, desempleo, vejez y muerte, para cuya protección se establecieron los sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales y de Subsidio Familiar.

Es importante estar al día porque:

  • Se va a evitar pagar de más ya sea por temas de intereses y sanciones moratorias o incluso las que puedan llegar a imponerse directamente por parte de las AFP  o de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP)
  • Evita el riesgo de asumir las prestaciones asistenciales o pensionales en caso de que un trabajador que sufra un accidente, se enferme o inclusive fallezca, recordando que este último aporte cubre los riesgos para la vejez, invalidez y muerte

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El error más frecuente que cometen las empresas con el manejo de temas a la seguridad social es que generalmente se omiten relacionar las novedades de nómina como licencias no remuneradas, incapacidades o retiros, incluyendo el retiro frente al subsistema de pensiones cuándo el trabajador acredita los requisitos para acceder a este derecho y no desea continuar efectuando aportes a pensión.  

Es tan importante reportar las novedades de nómina para evitar requerimientos ante la UGPP o marcaciones en la base de datos de las Administradoras de Pensiones que generen deudas presuntas o reales.  

¿Cómo resolver estos requerimientos?

Importante, iniciar por los procesos de reclamaciones administrativas ante las AFP y hacer las respectivas liquidaciones y correcciones de deudas aplicando novedades; generalmente cuando se emiten estos requerimientos si bien en algunos casos se debe realizar el pago, no necesariamente es como lo establece la administradora, por lo que es en extremo importante ejercer el derecho de depuraciones de deudas presuntas y reales tendientes a que se efectúe el pago que en derecho corresponda.  

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Como recomendaciones finales, la abogada Carolina Suárez experta en Seguridad Social de la firma TG Consultores da tres de ellas:

  1. Revisar el tiempo que tiene para dar respuesta a los requerimientos de las entidades frente a deudas por el pago de aportes.
  2. No dejar este tema para última hora.
  3. Responder de forma completa y de ser necesario buscar asesorías con profesionales expertos en el tema.  

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