Las deudas sí tienen fecha de vencimiento, estos son los tipos que prescriben en Colombia

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Una vez se haya agotado el plazo, las posibilidades de recuperar el dinero serán menores


Noticias RCN

ago 23 de 2024
07:43 a. m.

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En Colombia, al igual que en muchos otros países, las deudas no perduran eternamente. Existe un concepto legal conocido como "prescripción", que establece un límite temporal para que los acreedores puedan reclamar el pago de una deuda. Una vez transcurrido este plazo, el deudor queda liberado de su obligación.

Este es un mecanismo legal que extingue el derecho de un acreedor para exigir el pago de una obligación. Esto significa que si pasa el tiempo establecido por la ley y el acreedor no ha iniciado las acciones legales correspondientes para cobrar la deuda, esta se considera prescrita y el deudor ya no está obligado a pagarla.

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El plazo de prescripción de una deuda en Colombia varía dependiendo del tipo de obligación. En general, los plazos más comunes son de tres y cinco años.

¿Qué tipos de deudas prescriben?

En primera medida, se debe conocer que una deuda debe tener un soporte legal, ya sea, un pagaré, una letra o un cambio. En caso de no tener estos, no se podrá presentar alguna acción ante un juez.

Es importante consultar con un abogado para conocer el plazo específico que aplica a cada caso, ya que existen excepciones y particularidades que pueden influir en el cálculo del término.

  • Deudas bancarias, letras de cambio, facturas y pagarés: Suelen prescribir en un plazo de tres años.
  • Deudas establecidas en contratos: El plazo de prescripción puede ser de tres o cinco años, dependiendo de las cláusulas del contrato y la naturaleza de la obligación.
  • Deudas derivadas de obligaciones civiles: La acción ejecutiva prescribe a los cinco años, y la acción ordinaria a los diez años.

¿Cómo saber si una deuda ha prescrito?

Determinar si una deuda ha prescrito puede ser complejo y requiere de un análisis detallado de cada caso. Lo recomendable es consultar con un abogado especializado en derecho comercial o civil, quien podrá revisar la documentación correspondiente y brindar una asesoría personalizada.

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Aunque una deuda esté prescrita, el deudor puede decidir pagarla voluntariamente. Sin embargo, es importante tener en cuenta que una vez pagada, no podrá reclamar la devolución del dinero.

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