¿Quiénes deben declarar renta en 2026? Dian ya fijó las fechas clave en calendario tributario
La DIAN publicó el calendario tributario 2026, que establece los plazos oficiales para la declaración de renta, IVA y demás obligaciones fiscales.
Noticias RCN
06:13 p. m.
A través de un comunicado, la Dian publicó oficialmente su calendario tributario para el año 2026, en donde se fija los plazos y fechas que deberán tener en cuenta los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones correspondientes al año gravable 2025.
Uno de los trámites clave es el impuesto sobre la renta y complementarios, pero también se conocieron fechas claras para otras diligencias como impuestos sobre las ventas, impuesto nacional al consumo, retención en la fuente, entre otros.
¿Quiénes deben declarar renta?
Uno de los aspectos clave que publicó la Dian en este comunicado es el valor de la Unidad de Valor Tributario para el año 2026, que se fijó en $52.374, subiendo en $2.575 con respecto al valor que rigió durante este año.
Esta cifra es clave para los contribuyentes, pues deberán declarar renta personas que hayan superado topes fijados en estos valores.
- Haber recibido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT (73.323.600 pesos anuales).
- Poseer un patrimonio mayor a 4.500 UVT ($235.683.000).
- Haber realizado consignaciones bancarias, compras, consumos o pagos con tarjeta de crédito que superen las 1.400 UVT.
Fechas clave para la declaración de renta en 2026
De acuerdo con la DIAN, las personas naturales y sucesiones ilíquidas deberán presentar la declaración y pagar el Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al año gravable 2025 entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT. Estos mismos plazos aplican para las personas naturales residentes en el exterior.
En el caso de los grandes contribuyentes, la declaración del impuesto sobre la renta deberá presentarse en 2026 y el pago se realizará en tres cuotas, con vencimientos en febrero (entre el 10 y el 23), abril (del 13 al 24) y junio (entre el 10 y el 24), de acuerdo con el último dígito del NIT.
Las personas jurídicas y contribuyentes del Régimen Tributario Especial, distintos a los grandes contribuyentes, deberán cumplir esta obligación en dos cuotas, con vencimientos la primera del del 12 al 26 de mayo y la segunda del 09 al 23 de julio de 2026.