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Personas que deben presentar declaración de renta firmada por contador: téngalo en cuenta

Foto: Freepik

Conozca los colombianos que deben cumplir con la obligación pero con la firma del contador.


Noticias RCN

ago 14 de 2025
09:14 p. m.

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Desde el pasado 12 de agosto, millones de colombianos iniciaron con el proceso de presentar su debida declaración de renta ante la DIAN. Si bien la mayoría de las personas naturales pueden presentar su declaración sin la necesidad de un profesional, existen condiciones específicas, establecidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), que obligan a que el documento cuente con la firma de un contador público.

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¿Quiénes deben declarar renta con firma de contador?

La principal razón para que una declaración de renta requiera la firma de un contador público se encuentra en el artículo 596 del Estatuto Tributario. Esta normativa señala que la declaración debe ser firmada por un contador público (vinculado o no a la empresa) cuando el patrimonio bruto o los ingresos brutos del contribuyente superen las 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) al cierre del año fiscal. Para el año gravable 2024, esto representa una cifra de $4.706.500.000.

Este umbral tan elevado se aplica principalmente a personas naturales que, por la naturaleza de sus actividades económicas, están obligadas a llevar contabilidad, como es el caso de grandes comerciantes, empresarios o profesionales con un alto volumen de operaciones.

Es crucial entender que esta obligación no se aplica de manera generalizada a todos los declarantes. La mayoría de las personas naturales, que cumplen con los topes tradicionales para declarar renta (patrimonio bruto superior a 4.500 UVT o ingresos brutos superiores a 1.400 UVT), no necesitan la firma de un contador. La confusión surge a menudo debido a los diferentes requisitos para la presentación de la declaración en general versus la necesidad de la firma de un profesional.

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La DIAN establece que la firma de un contador es un mecanismo de control fiscal para garantizar la veracidad y exactitud de la información financiera reportada por contribuyentes de alto perfil económico.

Además del umbral de las 100.000 UVT, existen otros escenarios en los que una declaración tributaria, incluso de personas naturales, debe ser firmada por un contador o, en su caso, por un revisor fiscal.

Por ejemplo, las declaraciones de IVA o de retención en la fuente que arrojen un saldo a favor del contribuyente suelen requerir la firma de un contador, independientemente de los topes de ingresos o patrimonio. La razón es que un saldo a favor implica que el Estado debe devolver dinero al contribuyente, y se requiere un respaldo profesional que certifique la legitimidad de dicho saldo.

La responsabilidad del contador en este proceso es fundamental. Su firma no es un mero formalismo; certifica que la información financiera y contable del contribuyente está debidamente soportada y que los datos consignados en la declaración son fidedignos.

El contador público, al firmar, asume una responsabilidad ética y profesional, respaldando la información declarada. En caso de inconsistencias o fraudes, el contador también puede ser objeto de investigaciones por parte de las autoridades, lo que subraya la seriedad de este requisito.

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