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Cambio en las semanas de pensión desde 2027: la lista de trabajadores afectados por la reforma

Foto: Freepik

La entrada en vigencia de la reforma pensional en 2027 modificará los requisitos de cotización para un grupo específico de trabajadores.


Mateo Alfonso Rey

sept 03 de 2026
05:55 p. m.

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El marco de la protección social en Colombia enfrenta una reestructuración tras el aval de la Corte Constitucional a la Ley 2381 de 2024 (Reforma Pensional) y la posterior fijación de su entrada en vigencia a partir del 1 de abril de 2027. A raíz de esta decisión, el esquema de pilares redefinirá las condiciones bajo las cuales millones de cotizantes accederán a su jubilación.

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El punto neurálgico de este cambio radica en las semanas cotizadas requeridas, las cuales se transformarían radicalmente para tres grupos específicos de trabajadores: las mujeres, los cotizantes de bajos ingresos sin opción de pensión completa y quienes queden por fuera del régimen de transición.

¿Qué trabajadores verán cambios en sus semanas?

En primera medida serán las mujeres con la reducción gradual hacia las 1.000 semanas. Uno de los impactos más significativos recae sobre la fuerza laboral femenina. Bajo la Ley 100 de 1993, el requisito general para alcanzar una pensión de vejez se fijó en 1.300 semanas.

Sin embargo, a partir de la implementación del nuevo sistema en 2027, las mujeres que deban pensionarse bajo el modelo de pilares (Ley 2381) experimentarán una disminución progresiva en el número de semanas exigidas.

En 2027, el requisito inicial bajará a 1.225 semanas y continuará reduciéndose a razón de 25 semanas cada año, con el objetivo de llegar a un tope final de 1.000 semanas cotizadas en el año 2036. Esta medida busca compensar las brechas de género en el mercado laboral informal y no remunerado.

Adicionalmente, el texto contempla el beneficio de reducción de hasta 50 semanas por cada hijo (con un máximo de 3 hijos / 150 semanas), permitiendo que algunas mujeres completen su requisito contributivo con hasta 850 semanas acumuladas.

Otro de los grupos son aquellos trabajadores sin pensión mínima, los de entrada al Pilar Semicontributivo. Aquellos afiliados que lleguen a la edad de retiro (62 años en hombres y 57 años en mujeres) sin lograr la densidad de semanas requerida para una pensión integral verán modificado el tratamiento de sus ahorros.

Anteriormente, estos cotizantes recibían una indemnización sustitutiva o la devolución de saldos en una sola exhibición.

Con la entrada en vigor en 2027, los trabajadores que acumulen entre 300 y 999 semanas ya no obtendrán el capital de contado, sino que ingresarán obligatoriamente al Pilar Semicontributivo.

A través de este mecanismo, sus semanas cotizadas se convertirán en una renta vitalicia mensual administrada a través del esquema BEPS y complementada con un subsidio estatal para garantizar un ingreso básico en la vejez.

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Finalmente, entran los cotizantes excluidos del Régimen de Transición. Las reglas del juego pensional también cambian para quienes no alcancen la densidad mínima fijada para blindarse con la legislación anterior. El Régimen de Transición aplica exclusivamente a:

  • Mujeres: con 750 semanas o más cotizadas.
  • Hombres: con 900 semanas o más cotizadas.

Dado que la Corte Constitucional extendió la entrada en vigor hasta el 1 de abril de 2027, los afiliados cuentan con ese margen temporal para certificar ante Colpensiones o sus fondos privados de pensión (ACCAI) si cumplen con dicho umbral de semanas acumuladas. Quienes registren un saldo inferior a las 750 u 900 semanas en dicha fecha límite migrarán automáticamente al nuevo sistema multipilar.

Bajo este nuevo marco, todos los aportes hasta por los primeros 2,3 salarios mínimos deberán dirigirse obligatoriamente al componente de prima media administrado por Colpensiones.

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