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¿Qué pasará con el precio de la administración y el transporte público tras la suspensión provisional del salario mínimo 2026?

El exministro de Hacienda explicó si habrá cambios o no. Descubra su respuesta.


Noticias RCN

feb 13 de 2026
12:54 p. m.

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El Consejo de Estado, en un auto que se conoció este 13 de febrero, suspendió provisionalmente el decreto del salario mínimo.

Tras esa decisión, Noticias RCN habló con José Manuel Restrepo y él explicó que lo que solicitó el Consejo de Estado es que el Gobierno justifique el porqué del incremento del 23%.

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Además, el plazo que se estipuló para que se realice, expida y publique un decreto en el que se fije el porcentaje transitorio del salario mínimo es de ocho días.

En medio de esa coyuntura, ha surgido la duda de qué pasará con los precios de la administración y el transporte público, teniendo en cuenta que ya subieron, y José Manuel Restrepo también brindó una explicación.

Esto pasará con los precios de la administración y el transporte público tras la suspensión provisional del salario mínimo

"Eso sí va a seguir, va a seguir el mismo efecto inflacionario, van a seguir los mismos efectos de desvinculación de trabajadores y de aumento en el desempleo en algunas compañías porque las empresas no tienen con qué pagar eso. Además, los mismos aumentos en informalidad que ya estamos viendo en el último trimestre", empezó afirmando José Manuel Restrepo.

"Eso va a continuar y es importante tener claridad. Los efectos económicos siguen vigentes y, jurídicamente, los trabajadores seguirán ganando lo mismo y lo que el Gobierno tiene que hacer es simplemente justificar técnicamente por qué el salario vital entra dentro de este criterio para poder hacer este aumento", añadió.

Antonio Sanguino, el ministro del Trabajo, hizo una aclaración sobre qué tiene que pasar en la quincena

Luego de la decisión del Consejo de Estado, el ministro del Trabajo les explicó a las empresas cómo deben ser los pagos en esta quincena.

"El Decreto 1469 de 2025, mediante el cual se fijó el salario mínimo, se encuentra vigente y es de obligatorio cumplimiento. Empresarios: esta quincena debe pagarse con el ajuste correspondiente, que rige desde el 1 de enero de 2026. Hasta tanto no se expida un decreto transitorio ordenado, la norma mantiene plenamente sus efectos jurídicos", escribió en X.

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"Los derechos laborales son progresivos y no admiten retrocesos; por ello, cualquier interpretación debe realizarse a la luz del principio in dubio pro operatorio, privilegiando la protección del trabajo, el ingreso y el bienestar de la persona trabajadora y sus familias", añadió.

 

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