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Solo 1 de cada 10 hogares en Colombia tiene seguro: ¿qué pasa tras un terremoto?

Foto: diseñado por Magnific

La mayoría de hogares en Colombia enfrenta sin seguro uno de los mayores riesgos para su patrimonio.


Noticias RCN

sept 06 de 2026
09:13 a. m.

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El terremoto del 10 de agosto dejó daños en viviendas de varias regiones del país y puso sobre la mesa una pregunta que muchos propietarios no se habían hecho: ¿qué cubre realmente el seguro de mi vivienda? En Colombia, apenas el 9,3 % de los hogares cuenta con algún tipo de seguro de hogar, según cifras de Fasecolda.

Esto significa que más de nueve de cada diez viviendas enfrentan con recursos propios buena parte del riesgo económico que puede dejar un evento como un terremoto.

¿Qué seguro tiene una vivienda en Colombia?

Uno de los errores más frecuentes es asumir que tener un seguro relacionado con la vivienda significa que todos los daños están cubiertos. En realidad, existen diferentes pólizas y cada una tiene condiciones específicas.

Uno de los principales problemas después de un evento como este es el desconocimiento sobre qué tipo de póliza tiene realmente cada propietario y cuál es el alcance de su cobertura, afirma Karina Tatiana Reyes, expresidenta de la Junta Directiva de Fedelonjas y gerente general de Inmobiliaria Esteban Ríos SAS.

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Entre las más comunes están las pólizas de incendio y terremoto asociadas a créditos hipotecarios, los seguros voluntarios de hogar o multirriesgo y las pólizas contratadas por las copropiedades para proteger bienes y áreas comunes.

Karina Tatiana Reyes, expresidenta de la Junta Directiva de Fedelonjas y gerente general de Inmobiliaria Esteban Ríos SAS, advierte que los propietarios deben identificar primero qué póliza tienen y cuál es su verdadero alcance.

Es importante que los propietarios no den por hecho que la garantía que acompaña un contrato de administración inmobiliaria protege automáticamente la estructura de la vivienda. Son riesgos distintos y, por tanto, requieren coberturas distintas, señala Reyes.

Además, en los créditos hipotecarios, el seguro puede estar relacionado principalmente con la obligación financiera. Por eso, tener una póliza no necesariamente significa que el inmueble esté asegurado por el valor que el propietario espera recibir ante una pérdida.

La indemnización dependerá del valor asegurado, las coberturas contratadas, los deducibles y las demás condiciones establecidas en el contrato.

¿Qué daños puede cubrir un seguro después de un terremoto?

Dependiendo de la póliza, la cobertura contra terremoto puede incluir daños materiales directos en elementos de la estructura, como muros, techos y cimientos.

Los contenidos de la vivienda, como muebles, electrodomésticos y equipos, pueden estar contemplados en coberturas diferentes. También pueden existir amparos adicionales para situaciones como remoción de escombros, alojamiento temporal o gastos de arrendamiento.

Sin embargo, ninguno de estos beneficios debe darse por hecho. La cobertura depende de las condiciones particulares de cada seguro.

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Otro aspecto que puede afectar el pago es el infraseguro. Si una vivienda fue asegurada por un valor inferior al necesario para reconstruirla, la indemnización podría ser proporcionalmente menor y dejar una parte de los costos a cargo del propietario.

También deben revisarse los deducibles y, cuando corresponda, los coaseguros, pues estos pueden modificar el monto que finalmente asuma la aseguradora.

¿Qué debe hacer el propietario para reclamar los daños?

Lo primero es no ingresar a una vivienda o edificio afectado hasta que las autoridades determinen que hacerlo es seguro.

Una vez sea posible acceder al inmueble, es recomendable documentar las afectaciones con fotografías y videos. Grietas, desprendimientos y otros daños deben quedar registrados. También pueden ser importantes documentos como facturas, certificados y cotizaciones relacionadas con las reparaciones.

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Después, el propietario debe informar el siniestro a la aseguradora o al intermediario mediante los canales habilitados y conservar el número de radicado.

Algunas pólizas contemplan plazos específicos para informar el daño. Por eso, conviene revisar las condiciones particulares del contrato y reportar el hecho lo antes posible.

La compañía puede enviar un ajustador para establecer el alcance de los daños y calcular la cuantía de la pérdida. Mientras se adelanta esa evaluación, lo recomendable es evitar reparaciones definitivas o desechar elementos afectados, salvo que sea necesario hacerlo para proteger la vida de las personas o impedir que el deterioro aumente.

El terremoto también dejó una lección financiera para los propietarios: no basta con saber que existe un seguro; es necesario conocer qué protege, por cuánto valor y bajo qué condiciones responde. Esa revisión puede marcar una diferencia importante cuando llega el momento de enfrentar los costos de una emergencia.

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