Solo productos nacionales: estos son los artículos que podrá adquirir en los días sin IVA 2023

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Pese a la negativa del Gobierno sobre continuar con el día sin IVA, Minhacienda cambió de opinión y reveló que habrá dos jornadas, pero bajo otras condiciones.


Noticias RCN

sept 28 de 2022
04:13 p. m.

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Uno de los anuncios del Gobierno de Gustavo Petro que más generó polémica fue la eliminación de los días sin IVA, una iniciativa de la administración anterior que buscaba reactivar la economía colombiana y que según las cifras conocidas habría dejado importantes ganancias para el comercio.

En contexto: Reforma tributaria incluirá dos días sin IVA para 2023

El ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, había dicho que no se llevaría a cabo la tercera jornada programada antes de terminar el año, ni tampoco se realizarían otras; argumentando que la medida no beneficiaba a los hogares pobres, y además los productos que terminaban vendiéndose eran importados. Sin embargo, con las negociaciones que se han adelantado sobre la reforma tributaria, este punto fue reconsiderado y se conoció que el jefe de Cartera llegó a un acuerdo con los ponentes para incluir dos días sin IVA el próximo año, pero bajo algunas condiciones.

Le di mi aval a los dos días sin IVA para una lista específica de productos nacionales, porque las anteriores jornadas tenían básicamente productos importados.  Creo que es una buena alternativa, de hecho ya había estado hablando con Fenalco sobre esa materia, dijo Ocampo.

Por su parte, el senador Gustavo Bolívar, reveló a través de su cuenta de Twitter los lineamientos bajo los cuales va a funcionar la iniciativa y los productos que incluirá. Se prevé que el Gobierno organizará dos días sin IVA al año que se realizarán en febrero y agosto. La decisión es que solo se incluya productos elaborados por la industria nacional o cuyo contenido de valor agregado se haya hecho en más de un 50% en el territorio. Las categorías que se venderán durante dichas jornadas son:

  1. Prendas de vestir: sin importar el material, pero con la condición de que no tengan un precio de venta por unidad igual o inferior a 20 UVT. De igual forma, complementos de vestuario como gafas, paraguas, pañoletas y otros.
  2.  Aparatos eléctricos como: televisores parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, máquinas de lavar y secar para el hogar, aspiradoras, estufas, enceradoras de piso, calentadores de agua, hornos, planchas y computadores personales.
  3. Artículos para practicar deportes que incluyen pelotas de caucho, balones, raquetas, salvavidas, cascos, guantes de beisbol, boxeo u otras disciplinas. También incluye bicicletas.
  4. “Objetos para entrenar y divertir a personas”: así lo afirma el documento compartido por Bolívar en el que se especifica que muñecas, animales de juguete, instrumentos musicales de mentiras, rompecabezas, canicas y patinetas eléctricas con un precio de venta por unidad igual o inferior a 15 UVT.
  5. Artículos para desarrollo escolar: como esferos, borradores, plastilina, pegantes y otros.
  6. Bienes e insumos para el sector agropecuario: cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 80 UVT. Esta categoría incluye semillas, frutos para la siembra, abonos de origen animal, vegetal, mineral y químicos.

Dentro de lo acordado también se estableció que el Gobierno Nacional determinará las condiciones y mecanismos de control para que a las empresas productoras y comercializadoras transfieran de manera efectiva el beneficio a los consumidores, un proceso que se debe informar al Congreso de la República, máximo un mes después del primer día sin IVA, sobre los resultados del mismo.

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