Nuevo subsidio para comprar casa en Bogotá ilusiona a compradores: ofrecen hasta 14 salarios mínimos

Foto: Freepik

Así funciona el nuevo subsidio en Bogotá para quienes están comprando vivienda VIP o VIS.


Noticias RCN

dic 12 de 2024
07:09 a. m.

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Ad portas de la llegada del año 2025, son miles de bogotanos los que tienen proyectado comprar vivienda propia en la capital del país.

Para ello, desde la Secretaria de Hábitat dieron a conocer un nuevo subsidio para quienes desean adquirir vivienda, ya sea VIP (Vivienda de Interés Prioritario) y VIS (Vivienda de Interés Social).

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El objetivo de este nuevo programa es beneficiar a familias de escasos recursos para que cumplan su sueño de adquirir vivienda propia, ya sea mediante 'Reduce Tu Cuota'.

¿Cuánto ofrece el programa de 'Reduce tu Cuota'?

De acuerdo a la Secretaria de Hábitat en Bogotá, este programa "ofrece un subsidio de hasta catorce salarios mínimos mensuales legales vigentes ($18.200.000 para el año 2024) que se distribuye en 48 cuotas mensuales".

De esta manera, la Secretaría del Hábitat pagará el valor de dicha cuota a la entidad financiera y la familia beneficiaria verá el descuento en su cuota mensual.

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Al momento de solicitar el crédito hipotecario o leasing habitacional, las familias deberán solicitar a su entidad financiera el formulario de postulación, el cual deberán diligenciar y entregar a dicha entidad antes del desembolso de su crédito.

La Secretaría Distrital del Hábitat validará las condiciones del hogar solicitante y expedirá la asignación del subsidio si cumple con los requisitos.

Requisitos para acceder al subsidio

  • La sumatoria de los ingresos mensuales del hogar no debe superar los cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes ($5.200.000 para el año 2024).
  • Tener un crédito hipotecario o leasing habitacional aprobado para la adquisición de vivienda nueva, VIS o VIP en Bogotá.
  • No ser propietario de una vivienda en el territorio nacional, diferente a la financiada.
  • No ser beneficiario de un subsidio familiar de vivienda en el territorio nacional.
  • No haber recibido o estar en proceso de recibir alguna cobertura a la tasa de interés en el crédito hipotecario o leasing habitacional, otorgada por el Gobierno Nacional.
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