Tenga en cuenta: estos son los útiles escolares que no le pueden pedir

Foto: AFP

Una resolución del Ministerio de Educación estipula cuáles son los útiles que no deben ser solicitados por las instituciones académicas del país.


Noticias RCN

ene 22 de 2023
09:21 a. m.

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La temporada escolar de los colegios calendario A se acerca, la Secretaría de Educación de la capital ya definió que los estudiantes inscritos en los colegios públicos y distritales, reiniciaran clases desde el 23 de enero, entre tanto los colegios privados fijan sus propias fechas, pero por lo general comienzan a principios de febrero.

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Por ello, los padres de familia se alistan para comprar los útiles escolares de sus hijos. Las listas de elementos escolares son distintas en todas las instituciones, pero no por ello se deben exceder en peticiones, por ello el Ministerio de Educación expidió una resolución en la que estipula cuáles son los útiles que definitivamente no está permitido solicitar, por ley.

Los útiles escolares que NO le pueden pedir

Una de las especificaciones que hace la cartera es que no se pueden solicitar útiles de marcas o proveedores específicos. El Ministerio establece que está prohibido “establecer mecanismos que de cualquier forma impidan la concurrencia de múltiples proveedores en la provisión de estos materiales”. 

Otro de los ‘No rotundos’ son los elementos de aseo como papel higiénico o toallas desinfectantes. Estos deben ser cobrados en los costos de las matrículas y la pensión y ningún padre de familia tiene que aportar productos higiénicos a la institución académica. Tampoco deben pedir marcadores de tableros o dotación para botiquines.

El Ministerio establece que los útiles pueden ser adquiridos paulatinamente, a medida que avanza el año. Está prohibido que todos sean exigidos al inicio del año.

En cuanto a los uniformes, se estima que puede haber dos exigencias, uno para actividades físicas y otro para uso diario. Pero se aclara que si el estudiante tiene dificultades económicas para comprar estas prendas, esta no puede ser una causa para impedir el ingreso a la institución.

De acuerdo con la ley, incumplir lo que la máxima autoridad en educación establece puede acarrear sanciones desde 50 a 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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