¿Un inquilino en Colombia puede quedarse con una vivienda ajena?

Las leyes colombianas establecen un plazo máximo y ciertas condiciones para que esto sea posible. En Noticias RCN le explicamos si es probable, en qué momento y el por qué.


Noticias RCN

may 13 de 2024
04:30 p. m.

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Los derechos a los que accede un inquilino con el paso de los años se convierte en una preocupación común entre los propietarios de bienes inmuebles que alquilan a largo plazo. Aunque esta situación de apoderarse de un predio sí podría presentarse, el proceso no es tan sencillo.

Según Juan Felipe Sicua, abogado y asesor del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, la Ley 820 de 2003 y la Sentencia SC10189-2016, protege a los arrendadores al regular detalladamente los aspectos contractuales del arrendamiento de vivienda urbana. Esto se complementa con disposiciones del Código Civil para casos no contemplados específicamente en la ley.

Sicua explica que para que un inquilino pueda eventualmente adueñarse de un inmueble, deben cumplirse una serie de condiciones específicas.

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¿En qué momento un inquilino puede quedarse con una propiedad?

Uno de los principales requisitos es que el arrendatario desconozca la identidad del propietario y ejerza una posesión pública, pacífica e ininterrumpida durante más de 10 años, como establece la teoría de la intervención del título reconocida por la Corte Suprema de Justicia.

Esto implica que el arrendatario debe abandonar efectivamente el inmueble durante un período prolongado, asumiendo todas las obligaciones y responsabilidades asociadas con la propiedad.

De acuerdo con el abogado de la Universidad del Rosario, para que se pueda considerar la prescripción extraordinaria del dominio, es necesario demostrar de manera precisa el momento en que el arrendatario comenzó a desconocer al propietario legítimo y los hechos que siguieron. Además, indica que cualquier intento de adjudicación del inmueble ajeno requiere un proceso judicial que garantice el derecho al debido proceso y permita al propietario ejercer su defensa.

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¿El propietario protege su bien inmueble con un contrato?

Sicua subraya que el arrendatario es simplemente un tenedor del inmueble y no puede asumir las atribuciones de un propietario.

Al firmar un contrato de arrendamiento, reconoce que la propiedad sigue perteneciendo al arrendador y que el pago mensual es una manifestación de esa relación contractual.

El contrato de arrendamiento implica una obligación recíproca entre ambas partes, donde el arrendador conserva el derecho de disponer del inmueble según sus necesidades.

En resumen, aunque la posibilidad de que un inquilino se apropie de un inmueble existe en teoría, en la práctica, el proceso está sujeto a una serie de condiciones y requisitos legales que protegen los derechos del propietario.

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