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Vehículos eléctricos en Colombia: ¿Cuáles quedarán libres de pagar Soat?

Foto: Secretaria de movilidad

La Ley 2486 establece qué vehículos en Colombia estarán exentos de Soat, matrícula y licencia, priorizando la movilidad eléctrica y sostenible.


Noticias RCN

ago 12 de 2025
12:25 p. m.

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A mediados de julio de 2025, el Gobierno Nacional sancionó la Ley 2486, que establece nuevas disposiciones para el uso de vehículos eléctricos livianos en Colombia.

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La norma, celebrada por defensores de la movilidad sostenible, introduce cambios clave en requisitos como matrícula, licencia de conducción y Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat).

“En atención a su menor nivel de riesgo, derivado de sus características de peso y velocidad reducidos... no se requerirá ni podrá exigirse matrícula, Soat ni licencia de conducción”, señala el texto legal.

¿Qué vehículos quedan exonerados?

La ley aplica para bicicletas eléctricas, patinetas eléctricas y otros vehículos de movilidad personal con potencia de hasta 1.000 vatios. Para estar exentos de matrícula, Soat y licencia de conducción, deben cumplir al menos una de estas condiciones:

  • Pesar, incluida la batería, hasta 60 kilogramos.
  • Si superan ese peso, no desarrollar velocidades mayores a 40 km/h.

El senador Julio Alberto Elías, autor de la iniciativa, explicó que “esta ley regula la circulación y promueve el uso de vehículos eléctricos livianos... ¡Más orden, menos emisiones, mejor movilidad!”.

Reacciones y preocupaciones por la medida

Aunque la medida busca impulsar medios de transporte limpios y accesibles, no ha estado exenta de críticas.

Por ejemplo, la Secretaría de Movilidad de Bogotá advirtió que no exigir Soat ni licencia podría generar vacíos en la atención a víctimas de accidentes y en la capacidad de control de las autoridades.

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“Esta medida debilitaría la posibilidad de atención integral a víctimas en ausencia del Soat... y la información para caracterizar la siniestralidad vial”, señaló la entidad.

¿Qué viene para la movilidad tras esta decisión?

El Ministerio de Transporte será el encargado de reglamentar los requisitos técnicos, zonas habilitadas y medidas de protección obligatorias, como el uso de casco y elementos reflectivos.

Estas normas se aplicarán especialmente en ciclorrutas y vías compartidas, buscando un equilibrio entre movilidad sostenible y seguridad vial.

Con la entrada en vigor de esta ley, patinetas y bicicletas eléctricas consolidan su papel como alternativas viables y legales para el transporte urbano en Colombia.

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