España autoriza extradición a Colombia del empresario Carlos Mattos

Foto: NoticiasRCN.com

La Audiencia Nacional autorizó la Carlos José Mattos tras considerar que se cumplen los requisitos para proceder a la entrega por el delito de cohecho.


Noticias RCN

jun 25 de 2020
12:47 p. m.

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Mattos es solicitado por las autoridades colombianas por supuestos sobornos a funcionarios de la rama judicial para favorecer los intereses de la multinacional Hyundai.

Los magistrados "consideran que se cumplen todos los requisitos para proceder a la entrega del reclamado", señaló en un comunicado el alto tribunal de Madrid.

Mattos, que se había refugiado en abril de 2018 en España alegando un delicado estado de salud, puede recurrir la decisión que, en cualquier caso, debe ser ratificada por el Gobierno español antes de ejecutarse.

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La Fiscalía de  Colombia solicitó en octubre de 2018 la extradición del empresario por presuntamente ofrecer pagos a funcionarios de la rama judicial para conseguir que un multimillonario pleito fuera asignado a un juez a quien también habría sobornado previamente. 

El caso corresponde a una demanda de Hyundai Colombia, de la cual Mattos era el mayor accionista, contra la coreana Hyundai Motor Company para impedir que la multinacional comercializara automóviles y repuestos con empresas distintas a la suya.

Según la documentación judicial tramitada por la Fiscalía colombiana, el soborno se elevaría a 200 millones de pesos (unos 54.000 dólares).

En el auto de la Audiencia Nacional, los jueces argumentan que los hechos por los que Mattos está acusado están tipificados también como delito en España, una condición necesaria para autorizar la extradición.

Además, desestiman las razones alegadas por la defensa como el hecho de tener nacionalidad española y domicilio fijo en el país o sus problemas de salud que, según los magistrados, "ni obstan a la realización del viaje, ni consta que no puedan ser tratados fuera de Madrid".

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Aun así, el auto establece que "habrá de ser comprobado el estado de salud del reclamado en el momento de realizarse la entrega (...) para valorar su estado clínico en el momento del desplazamiento".

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