Acoso sexual y despido
El caso de una celadora acosada y despedida, la historia de miles de mujeres en Colombia.
Recientemente conocí de cerca un caso de acoso sexual a una empleada ejemplar, ella hacía parte de una empresa de vigilancia que presta sus servicios a un conjunto residencial. Era una de las líderes de grupo, cumplía con su deber de manera eficiente, amable, seria y respetuosa. Una mujer joven y agradable.
En una conversación con ella se quebrantó y me compartió lo que estaba viviendo, temía por su trabajo y me expresó cuánto lo necesitaba, no le contaba a su esposo la situación de acoso sexual por la que atravesaba, por temor a que tomara medidas e igualmente ella perdiera su trabajo. Uno de los supervisores de la misma empresa de vigilancia frecuentemente le hacia comentarios vulgares e insinuantes, la mantenía incomoda, acosada e intimidada.
Por el WhatsApp también le mandaba constantes mensajes pasados de tono, ella me los mostró y me compartió también cómo le pedía respeto y seriedad y que la dejara hacer su trabajo, le expresaba que la estaba haciendo sentir muy incomoda, que por favor parara porque que ella necesitaba su empleo.
Con regularidad la enviaba a hacer recorridos a lugares apartados del conjunto, lo cual no era parte de sus labores. En una oportunidad la esperó a la salida del baño y la acorraló contra una pared tocándole a la fuerza sus partes privadas y apretándola con su cadera fuertemente, ella logró zafarse y escapar; sus compañeros notaron cómo regresó a su puesto de trabajo llorando. Este supervisor se cuidaba de no evidenciar estas conductas abusivas cerca de las cámaras y le advirtió que, de comentar este incidente con alguien, la haría despedir.
En el último de los mensajes que cruzaron, donde ella dejó de ser cordial y por el contrario fue muy cortante y determinante, el tono del supervisor cambió por completo y su respuesta fue distinta, al resto del tono que venía usando, haciéndose el loco, como si nunca le hubiera dicho nada incorrecto, como si nunca la hubiera acosado, el acosador notó que ella ya estaba tomando medidas.
Días después vinieron las burlas del supervisor acosador y sus compañeros, burlas que no solo la hacían sentir mal emocionalmente, sino que le causaron ataques de ansiedad, migrañas y estrés, fue sometida a un matoneo latente y a pesar de que previamente ella había enviado la denuncia y algunas pruebas al comité de convivencia, el empleador hizo caso omiso y llegó su inminente despido.
Por parte de la empresa de vigilancia hubo una fuerte coacción, con la que condicionaban el pago de su liquidación a que firmara de común acuerdo, una carta que expresaba que se habían tomado las medidas y correctivos necesarios, además de haber hecho una investigación de rigor, lo cual nunca fue cierto, pero ella ante la necesidad de su pago, firmó en contra de su voluntad, liquidación que, a dos meses de su injusto despido, no ha recibido.
Con esta firma la empresa se curó en salud ante cualquier futura demanda, esa fue su prioridad, pero la víctima no le importó, una mujer, madre de familia, sin trabajo por culpa de un superior depravado y un empleador que no la defendió, que solo se lavó las manos y que hoy, para pagarle su liquidación ni siquiera le contesta el teléfono.
Durante el desarrollo de la situación solo uno de sus compañeros la apoyó, la motivaba a denunciar, pero no podía hacer nada más, ya que sus compañeros se pondrían en su contra y arriesgaría su trabajo.
La última encuesta del Ministerio del Trabajo reveló que el acoso sexual en la vida laboral de los colombianos, sin importar su género, es muy común. En el caso de las mujeres, es bajo el porcentaje que decide denunciar, lo que sigue permitiendo que este tipo de conducta siga siendo frecuente. Un 41% de las mujeres prefieren manejarlo por si mismas por temor a perder su trabajo, solo un 10% de las encuestadas aceptaron haber denunciado ante el empleador o las autoridades, ya que la mayoría solo se guía por consejos de amigos o familiares.
En Colombia existe la ley 1610 de 2013 que garantiza que se supervise el cumplimiento de las normas laborales por parte de los empleadores, asegurando condiciones adecuadas para el trabajo, seguridad laboral y cumplimiento de los derechos de los trabajadores. En esta ley se expresa claramente, la obligación de un empleador para velar por un ambiente seguro para sus trabajadores
Remitiéndome expresamente al caso de acoso sexual, también existe en nuestro país, la ley 1257 de 2008, es la principal legislación que lo aborda y establece las medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia y el acoso contra las mujeres, incluyendo el acoso sexual en el ámbito laboral. Esta ley define el acoso sexual: ¨ Como cualquier conducta de naturaleza sexual que afecte la dignidad de una persona en el entorno laboral ¨. Lo cual se vio evidentemente vulnerado en esta situación.
El acoso sexual en el trabajo es muy común en nuestro país, y ocurre con mucha frecuencia. Son miles las mujeres que pueden estar atravesando en silencio una situación similar a la de esta vigilante. Hay un amplio desconocimiento de cuáles son las conductas de acoso sexual y los canales formales de atención a estas conductas. Sin embargo la ley es muy clara frente a la protección y rigurosa ante los delitos, así que esta columna es una invitación a las víctimas a denunciar, a evidenciar estos casos y buscar los correctivos y medidas necesarias y a los empleadores a ser empáticos, estrictos, a abrir el ojo, proteger a sus empleados y no pensar solo en el bienestar de su organización, si no en la vida del individuo, del ser humano, que vive las consecuencias e injusticias de un caso como este.
@MafeNaviaC
Periodista y presentadora