Ni temporales, ni por prestación de servicios: Corte sobre contratos de auxiliares de enfermería

El fallo se conoce justo en medio de la pandemia de coronavirus, cuando 6.308 auxiliares de enfermería han resultado contagiados con covid-19.


Noticias RCN

nov 15 de 2020
03:19 p. m.

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Un fallo de la Corte Constitucional ratifica otras dos sentencias que buscan mejores garantías laborales para enfermeras y enfermeros. Son trabajadores de la salud con alto riesgo de contagio en esta pandemia, por lo que esta determinación se convierte en una nueva herramienta jurídica que ordena contratos por nómina.

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La Asociación de Enfermeras y Enfermeros celebró la decisión de la Corte Constitucional que determina que los contratos no deben ser temporales, ni tampoco bajo la modalidad de prestación de servicios.

“Hay una flexibilización laboral, tercerización de servicios de salud, una baja remuneración”, manifestó Gilma Rico González, presidenta de la Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia.

Aseguran que este fallo ratifica otras dos decisiones de la Corte que ordena mayores garantías laborales para las enfermeras.

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“Ratifica la sentencia C614 de 2009 y la sentencia 171 de 2012. También el artículo 18 de la ley estatutaria en salud que ordena la eliminación de todo tipo de intermediación”, añadió Gilma Rico González.

El fallo se conoce justo en medio de la pandemia de coronavirus, cuando 6.308 auxiliares de enfermería han resultado contagiados con covid-19.

“El coronavirus develó la situación tan crítica que se viene viviendo desde la implementación de la ley 100 de 1993”, puntualizó la presidenta de la Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia.

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El anuncio de la Corte Constitucional se da en respuesta a una enfermera que fue despedida luego de estar vinculada cerca de 20 años con contratos de prestación de servicios.

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