Superindustria ordena a WhatsApp cumplir con protección de datos en Colombia

Foto: Oliver Graumnitz en Pixabay

La Superintendencia de Industria y Comercio emitió una orden a WhatsApp para que implemente medidas sobre el debido tratamiento de datos personales.


Noticias RCN

may 26 de 2021
09:49 a. m.

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A través de un comunicado la Superindustria señaló que la política de tratamiento de información de WhatsApp incumple en un 57.89% los requisitos exigidos por la regulación colombiana.

Agrega que WhatsApp recolecta daros de al menos 39 millones de usuarios mensualmente en Colombia.

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“Ésta utiliza “cookies” para recolectar o tratar Datos personales en territorio nacional, por lo que la Ley 1581 de 2012 es aplicable a WhatsApp LLC, pues esta compañía acopia o captura datos personales a través de una herramienta que se instalan en dispositivos móviles y computadores ubicados en Colombia”, señala en la entidad.

Por tal razón ordenó a la empresa de mensajería instantánea:

  • Crear una Política de Tratamiento de Información (PTI) que cumpla todos los requisitos que exige la regulación colombiana. Dicha PTI debe ser puesta en conocimiento de los Titulares de los Datos domiciliados o residentes en el territorio colombiano.
  • Implementar un mecanismo o procedimiento apropiado, efectivo y demostrable para que, al momento de solicitar la Autorización de las personas les informen en idioma castellano, de manera clara, sencilla y expresa todo lo que ordena el artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012. WhatsApp LLC deberá conservar prueba del cumplimiento de lo previsto en dicho artículo y, cuando el Titular de dato lo solicite, entregarle copia de ésta.

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  • Registrar sus Bases de Datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, respecto de los Datos que recolectan o tratan en el territorio de la República de Colombia sobre personas residentes o domiciliadas en este país.

La Superintendencia afirmó que si WhatsApp incumple las órdenes podrá ser objeto de investigaciones administrativas sancionatorias que le generarían multas de hasta 2.000 salario mínimos legales vigentes o la eventual suspensión de sus actividades en Colombia.

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